La Comisión de Fiscalización y Control Político de la Asamblea Nacional reinstaló este jueves 16 de julio de 2026 la sesión ordinaria para avanzar en el proceso de juicio político contra la exministra de Ambiente y Energía, Inés Manzano. Durante la jornada, los asambleístas interpelantes —Mónica Palacios, Lenin Barreto y Blasco Luna— dieron por concluida la presentación de su prueba documental y audiovisual.
Cuestionamiento a la licitud de los chats y audios
No obstante, la sesión estuvo marcada por la oposición de la defensa técnica de Manzano, liderada por los abogados Rafael Oyarte e Ismael Quintana, quienes cuestionaron la validez jurídica de los elementos presentados por los acusadores.
La defensa sostuvo que los chats y conversaciones telefónicas presentados como prueba son ineficaces bajo el artículo 76, numeral 4 de la Constitución, que condena las pruebas obtenidas con violación de la ley. Quintana y Oyarte enfatizaron que estos elementos atacan la inviolabilidad de las comunicaciones, reconocido en el artículo 61 numeral 21 de la Carta Magna.
Según el equipo jurídico de Manzano, cualquier interceptación de comunicaciones debe seguir reglas estrictas y contar con autorización judicial previa. Al carecer de este respaldo legal, la defensa advirtió que la utilización de este material constituye una “prueba ilícita” que no puede ser valorada por la Comisión.
Además de la ilegalidad, la defensa calificó el material como “impertinente”, señalando que los chats y grabaciones reproducidos se refieren al caso Progen y no al caso Austral Technical Management (ATM), que es el tema central de la fiscalización. Para los abogados, el uso de estos elementos busca desviar el foco del proceso hacia hechos ajenos.
- Las entrevistas no son testimonios: al no permitir el ejercicio del contradictorio (interrogatorio y contrainterrogatorio), carecen de valor testimonial.
- Falta de autenticidad: señalaron que incluso los medios de comunicación citados aclararon en sus reportajes que no pueden aseverar la autenticidad de las comunicaciones filtradas.
Finalmente, la defensa sostuvo que permitir estas pruebas rompería la “igualdad de armas”, ya que, a diferencia de los asambleístas, un abogado particular incurriría en un delito penal si presentara grabaciones obtenidas sin orden judicial.
Ante estas objeciones, solicitaron que el material sea desestimado o que, bajo el principio de comunidad de la prueba, se considere como prueba de descargo al demostrar la autonomía administrativa de las empresas públicas involucradas.
El argumento de los interpelantes
Por su parte, los proponentes de la Revolución Ciudadana ratificaron que su estrategia no se centra en la firma del contrato, sino en la omisión de Manzano para frenar un presunto perjuicio al Estado. Es decir, los interpelantes sostienen que, independientemente de quién firmó el contrato original, Manzano permitió que se consolidara un perjuicio millonario al Estado al no frenar los pagos cuando ya estaba en funciones.
De igual modo, la asambleísta de la mesa legislativa, Ana Cecilia Herrera, enfatizó que el pago de más de USD 70 millones a ATM por una generación eléctrica que los ciudadanos no recibieron es un “hecho público y notorio” que la exministra no evitó a pesar de conocer las irregularidades.
De acuerdo con lo dispuesto por la mesa legislativa, la fase de prueba testimonial se llevará a cabo este viernes 17 de julio a partir del mediodía. Así lo anunció el presidente de la comisión, Ferdinan Álvarez.
Radio Pichincha
LV