El Servicio de Rentas Internas (SRI) declaró extinguido un total de 3.368 obligaciones tributarias que suman $ 349.292,54, mediante cuatro resoluciones emitidas entre septiembre y octubre de 2026.
La medida está dirigida a deudas que no superen el valor equivalente a un salario básico unificado, que para 2026 es de $ 482. El monto perdonado por la administración tributaria incluye intereses y multas.
El Código Tributario permite declarar la extinción masiva de obligaciones que no excedan un salario básico siempre y cuando se hayan cumplido los plazos de prescripción, sin perjuicio de que se haya iniciado o no una acción coactiva.
La Dirección Zonal 1, por ejemplo, cita el artículo 55 del Código Tributario, que establece los plazos de prescripción de la acción de cobro, en cinco años, contados desde la fecha en que fueron exigibles; o, desde aquella en que debió presentarse la correspondiente declaración, si estaba incompleta o si no se la hubiera presentado.
Con esta base legal, las direcciones zonales 1, 5, 6 y 9 del SRI emitieron las respectivas resoluciones. En los anexos de cada resolución se desglosan la razón social de los contribuyentes, número de RUC, saldo de la deuda, dirección zonal y provincia a la que pertenecen.
La prescripción de la acción de cobro es uno de los modos de extinción contemplados en el artículo 37 del Código Tributario, además de la solución o pago, compensación, confusión y remisión.
Las cuatro resoluciones emitidas cancelan deudas de un total de 1.257 contribuyentes de 12 provincias, entre los que se encuentran tanto personas naturales como personas jurídicas. En las listas aparecen asociaciones, clubes y otras organizaciones.
Las doce provincias mencionadas son Pichincha, Azuay, Morona Santiago, Esmeraldas, Cañar, Imbabura, Los Ríos, Carchi, Santa Elena, Galápagos, Sucumbíos y Bolívar.
De ellas, en Pichincha se concentra la mayor cantidad de obligaciones extinguidas, con 2.091 deudas por $ 182.298,05, cifra que equivale al 52,2 % del monto global de obligaciones extinguidas.
Le siguen Azuay, Morona Santiago y Cañar, que registran en conjunto 825 deudas valoradas en $ 124.510.
La extinción masiva de estas obligaciones no supone una condonación de deudas o una amnistía tributaria por parte del SRI.
Se trata de un proceso administrativo, que las direcciones zonales realizan con cierta regularidad apegadas a las condiciones que estipula el Código Tributario.
Las resoluciones expedidas para estas extinciones fueron:
- DZ6-EXODESF26-00000003, de la Dirección Zonal 6, con fecha 30 de septiembre de 2026.
- DZ9-DZORASC26-00000003, de la Dirección Zonal 9, del 30 de septiembre de 2026.
- DZ1-COZRRAC26-00000003, de la Dirección Zonal 1, del 2 de octubre de 2026.
DZ5-COZRCGC26-00000003, de la Dirección Zonal 5, del 20 de octubre de 2026.
Los documentos están disponibles en la página web del SRI. Los contribuyentes pueden ingresar y consultar si han sido beneficiados. (I)