Las actuales consejeras en funciones del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs), Nicole Bonifaz y Piedad Cuarán, acudieron al Tribunal Contencioso Electoral (TCE) para presentar recursos subjetivos contenciosos electorales contra las resoluciones del Consejo Nacional Electoral (CNE) que las dejaron fuera de las seccionales de noviembre de 2026.
Admisión formal para Piedad Cuarán
En el caso de Piedad del Rocío Cuarán Rosero, funcionaria de carrera de la institución y actual consejera, su recurso fue ingresado de forma oficial en la Secretaría General del TCE el domingo 30 de agosto de 2026, a las 18:53. Su escrito consta de ocho fojas, tres en calidad de anexos y un soporte digital.
La causa recayó bajo la competencia de la presidenta del organismo judicial, la magíster Ivonne Coloma, quien resolvió de manera inmediata admitir a trámite el recurso interpuesto contra la Resolución Nro. PLE-CNE-74-26-8-2026 adoptada por el Pleno del CNE el pasado 26 de agosto de 2026.
La jueza ponente Ivonne Coloma dispuso las siguientes medidas procesales:
- Plazo al CNE: se otorgó un término perentorio de dos días para que el CNE remita el expediente administrativo íntegro, foliado, ordenado cronológicamente y certificado, que sirvió de sustento para la descalificación de Cuarán.
- Patrocinio legal: la defensa técnica de la consejera estará liderada por Diego Zambrano Álvarez.
- Sustanciación continua: al encontrarse en pleno proceso de elecciones, la causa se sustanciará en plazo constante, lo que significa que “correrán todos los días”.
Para la consejera en funciones Nicole Stephanie Bonifaz López, el camino presenta una barrera procesal inmediata. Su recurso fue presentado de manera física el 30 de agosto de 2026 a las 13:22, mediante un escrito de 32 fojas y dos fojas de anexos, firmado junto a su abogado, Santiago Esteban Machuca.
La causa recayó en el despacho del juez Ángel Torres Maldonado, quien a las 17:30 del mismo domingo dictó un auto de sustanciación con un ultimátum procesal. El magistrado ordenó que Bonifaz, en un plazo de dos dos días contados a partir de su notificación oficial, proceda a aclarar y completar su recurso bajo las siguientes directrices:
- Acreditación de legitimidad: deberá adjuntar los documentos originales o en copia certificada que demuestren la calidad jurídica en la que comparece al proceso.
- Anuncio de prueba: deberá adecuar la presentación de su prueba documental de forma fundamentada, respetando las reglas generales establecidas en el artículo 245 del Código de la Democracia.
El juez Torres Maldonado advirtió que, en caso de incumplir con estos requisitos dentro de las 48 horas dispuestas, se aplicará el penúltimo inciso de dicho artículo, procediendo al archivo definitivo de la causa.
Al mismo tiempo, el CNE fue conminado en el plazo de dos días a remitir el expediente relacionado con la Resolución Nro. PLE-CNE-56-26-8-2026 (que descalificó a Bonifaz) y los informes técnicos-jurídicos correspondientes.
Los filtros de la Comisión Verificadora
Estas apelaciones representan la defensa de las actuales consejeras del Cpccs para reinsertarse en el próximo proceso electoral. A mediados de agosto de 2026, la Comisión Verificadora del CNE descalificó a 309 postulantes inscritos originalmente; solo 61 candidaturas fueron validadas para participar en los comicios de noviembre.