Ley antimafias avanza a primer debate: tipificará pertenencia a bandas criminales

El proyecto de ley denominado antimafias está listo para llegar al pleno de la Asamblea Nacional para su primer debate. La propuesta plantea reformas a tres normativas y crea nuevos tipos penales relacionados con la pertenencia y colaboración con grupos de delincuencia organizada (GDO), además de endurecer las sanciones contra quienes dirijan, financien o faciliten las operaciones de estas estructuras criminales.

El informe para primer debate fue aprobado este 24 de agosto de 2026, con ocho votos a favor. Se registraron dos abstenciones que vinieron de los delegados de la bancada Revolución Ciudadana (RC).

La propuesta busca atacar a las organizaciones criminales desde distintos frentes. Uno de sus principales objetivos es identificar las cadenas de mando y diferenciar entre quienes dirigen una estructura delictiva, quienes cumplen funciones dentro de ella y quienes, sin ser parte formal del grupo, prestan una colaboración consciente para facilitar sus actividades.

El proyecto también apunta a afectar las finanzas y los bienes de las organizaciones criminales, así como los recursos económicos, logísticos e institucionales que permiten que estas estructuras se mantengan en el tiempo.

Nuevos niveles de responsabilidad penal
El proyecto define a la delincuencia organizada como la actuación de tres o más personas que se ponen de acuerdo para formar una estructura permanente o reiterada, con el propósito de cometer delitos graves y obtener, de manera directa o indirecta, dinero u otro beneficio material.

Quienes constituyan u organicen estas estructuras podrían recibir una pena de 22 a 26 años de prisión. La misma sanción se aplicaría a quienes ocupen posiciones de dirección, financiamiento, mando, control, coordinación estratégica o planificación de las actividades delictivas.

La propuesta también incorpora la figura del colaborador externo. Se trata de una persona que, sin pertenecer directamente a la organización, presta de manera consciente una ayuda relevante para que el grupo opere o alcance sus objetivos ilícitos.

En esta categoría podrían incluirse personas que proporcionen asesoría técnica, contable, financiera o tecnológica, además de información, documentos, conocimientos o recursos económicos, siempre que conozcan la finalidad delictiva y tengan la intención de contribuir a ella.

Para estos casos, el proyecto plantea una pena de 10 a 13 años de prisión.

Sin embargo, la reforma establece una precisión: la prestación lícita de servicios profesionales, incluida la defensa de una persona dentro de un proceso judicial, no constituye por sí sola colaboración externa.

Las sanciones serían mayores cuando las organizaciones estén dedicadas a delitos considerados de alto impacto. En esos casos, las penas podrían alcanzar entre 26 y 30 años de prisión.

Entre las actividades contempladas están el tráfico de drogas, terrorismo y su financiamiento, minería ilegal, sicariato, secuestro y secuestro extorsivo, trata de personas, tráfico de migrantes, pornografía con utilización de menores de edad, tráfico de armas y lavado de activos.

Reclutamiento e infraestructura criminal
La propuesta también sanciona el reclutamiento de personas para incorporarlas a estructuras criminales.

Quien reclute, capte, induzca, incorpore o entrene a una o más personas mayores de 18 años para cumplir funciones operativas, logísticas, de vigilancia, transporte, ocultamiento, comunicación, abastecimiento, intimidación o ejecución de delitos en beneficio de una organización podría recibir una pena de 10 a 13 años de prisión.

La sanción aumentaría de 13 a 16 años cuando el reclutamiento se realice aprovechando una relación de autoridad, poder, confianza, cuidado o dependencia.

El proyecto también contempla a quienes faciliten infraestructura para las actividades criminales. Una persona podría ser sancionada si presta o utiliza casas, locales, vehículos u otros espacios o medios para ayudar a una organización, sabiendo que serán empleados para facilitar delitos.

En estos casos, la pena sería de 10 a 13 años de prisión. La sanción subiría de 13 a 16 años si la infraestructura es utilizada para almacenar u ocultar armas, explosivos, drogas, maquinaria vinculada con minería ilegal, personas retenidas contra su voluntad o dinero y bienes provenientes de actividades ilícitas.

También se sancionaría a quienes se integren de manera consciente y voluntaria a una organización y cumplan funciones destinadas a mantenerla operativa. Entre ellas están la vigilancia, alerta sobre la presencia de terceros, control de accesos, comunicaciones, transporte de personas o bienes, protección de rutas o lugares y labores de enlace entre integrantes.

Para estas conductas se establece una pena de 10 a 13 años de prisión.

La propuesta, sin embargo, establece que una relación familiar, sentimental, de amistad, vecindad, trabajo o negocios con integrantes de una organización criminal no constituye, por sí sola, pertenencia al grupo. Para establecer responsabilidad penal deberá demostrarse que la persona cumplía conscientemente una función y que su actuación contribuía al funcionamiento de la estructura.

Abogados y operadores de justicia
El proyecto también plantea cambios relacionados con quienes intervienen en el sistema de justicia.

La presidenta de la Comisión de Soberanía y Seguridad Integral, Inés Alarcón, sostuvo que la reforma busca evitar que el sistema judicial se convierta en una vía de acceso para las organizaciones criminales.

Según explicó, la normativa no se limitaría a sancionar a jueces y fiscales involucrados en hechos ilícitos, sino también a abogados que utilicen su profesión para intervenir ilegalmente en procesos judiciales.

Alarcón señaló que existen profesionales que, en lugar de limitarse a ejercer la defensa técnica, buscarían influir ilegalmente en jueces y fiscales. La reforma pretende sancionar estas conductas y establecer mecanismos para inhabilitar a quienes sean condenados.

Para ello, se plantea modificar el artículo 329 del Código Orgánico de la Función Judicial, relacionado con los impedimentos para ejercer la abogacía. La propuesta establece que no podrán ejercer la profesión quienes hayan sido inhabilitados mediante sentencia ejecutoriada, durante el periodo establecido en dicha decisión.

Bienes de las organizaciones criminales
Otro de los ejes de la propuesta es la recuperación de los bienes vinculados con actividades ilícitas.

Las reformas a la Ley de Extinción de Dominio buscan permitir que el Estado administre los bienes incautados y, en determinados casos, pueda utilizarlos o venderlos mientras continúa el proceso judicial.

El proyecto incorpora la posibilidad de realizar una venta anticipada cuando se trate de bienes perecibles, como semovientes, o de bienes susceptibles de deterioro, depreciación o pérdida significativa de valor. También se aplicaría cuando su conservación genere gastos desproporcionados.

Para realizar esta venta, el fiscal, de oficio o a petición de la entidad encargada de administrar los bienes, deberá solicitar autorización al juez. La petición deberá sustentarse en informes técnicos y avalúos.

El dinero obtenido de la venta y los rendimientos generados permanecerán depositados en una cuenta especial. Si una decisión judicial ejecutoriada determina que los bienes deben ser devueltos, se restituirá el valor obtenido en la venta anticipada, junto con los rendimientos generados hasta la fecha de devolución.

La propuesta también permite entregar provisionalmente bienes incautados que puedan tener un uso social, comunitario, productivo, educativo, sanitario, cultural o ambiental a entidades públicas o, mediante convenio, a organizaciones privadas sin fines de lucro.

Reformas en el sector hidrocarburífero
El proyecto incorpora además cambios a los artículos 262, 264, 265, 266 y 267 relacionados con la actividad hidrocarburífera y las economías ilícitas.

Entre las modificaciones se plantea endurecer las penas cuando exista desabastecimiento o distribución ilegal de combustibles en dos o más provincias y la conducta tenga como finalidad favorecer a un grupo de delincuencia organizada.

En estos casos, la pena propuesta sería de cinco a siete años de prisión.

Un proyecto de 25 artículos
La iniciativa contiene 25 artículos, cuatro disposiciones transitorias y una disposición final. Fue presentada el pasado 1 de junio por la asambleísta y actual presidenta de la Asamblea Nacional, Mishel Mancheno, y posteriormente pasó a conocimiento de la Comisión de Soberanía y Seguridad Integral.

La propuesta plantea, en esencia, cambiar el enfoque frente al crimen organizado: no solo perseguir los delitos cometidos por estas estructuras, sino también identificar cómo funcionan, quiénes las dirigen, quiénes las integran, quiénes las apoyan desde fuera y qué recursos permiten su permanencia.

El siguiente paso será el debate de los legisladores, quienes podrán plantear observaciones y modificaciones antes de que el proyecto continúe su trámite legislativo para el segundo y definitivo debate.

Fuente: El Universo

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