Con el testimonio de Jhon Vargas y Jenny Fernández, padres adoptantes de dos niñas, la Asamblea Nacional abrió el segundo debate del proyecto de ley para la agilización de los procesos de adopción en Ecuador, que con las reformas se reducirían a un año.
La moción para la aprobación del proyecto de ley la presentó la legisladora Diana Jácome (ADN) como presidenta de la Comisión de Transparencia, Participación Ciudadana que tramitó el texto.
Votaron por la moción 118 asambleístas y 25 se abstuvieron. El voto a favor provino de la bancada Acción Democrática Nacional (ADN), Partido Social Cristiano (PSC), Pachakutik (IND), Independientes. La bancada Revolución Ciudadana (RC) votó dividida.
l proyecto de ley reforma cuatro leyes que armonizan las normas para agilizar y fortalecer los procedimientos de adopción en el país.
Los padres adoptantes Jhon Vargas y Jenny Fernández, quienes fueron recibidos en comisión general en el pleno de la Asamblea Nacional, contaron su testimonio sobre el tiempo que demoró el proceso y fueron los encargados de invitar a los legisladores a conceder su voto a favor del proyecto de ley, pues señalaron que sus hijas de 7 y 14 años de edad son el testimonio del impacto positivo que genera una familia por adopción en los niños.
Señalaron que, por cada año que una niña, niño o adolescente permanece en una casa de acogida, puede perder hasta cuatro meses de su desarrollo integral. Esto se debe a que, desde el ámbito psicológico, la institucionalización prolongada puede generar sentimientos de abandono, inseguridad y un miedo constante.
Estas experiencias afectan su desarrollo emocional y social, debilitan su sentido de pertenencia y deterioran su autoestima. Además, pueden provocar ansiedad, angustia y dificultades en el aprendizaje.
En la sesión n.° 110 de la Asamblea Nacional, los legisladores debatieron el Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria de Varios Cuerpos Legales para la Agilización de la Adopción. Jhon Vargas y Jenny Fernández contaron su experiencia en la adopción de niños. Foto: Carlos Granja Medranda
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El proyecto de ley determina que la adopción corresponderá únicamente a parejas legalmente constituidas por personas de distinto sexo. Además tendrán la misma oportunidad para adoptar tanto parejas de distinto sexo como personas sin pareja heterosexuales.
La legisladora Jácome indicó que no podrán adoptar personas que han estado vinculadas en delitos sexuales, en delitos contra la integridad de niños, niñas y adolescentes.
Reiteró que la normativa se ajusta lo que determina la Constitución, que establece que las personas que pueden adoptar son las de distinto sexo, parejas de distinto sexo, pero también las personas solas, heterosexuales.
También se determina la pérdida de la patria potestad cuando un padre o madre trate de cambiar el sexo biológico de un niño a través de procedimientos farmacológicos, químicos, médicos.
Además, la reforma elimina la duplicidad de trámites en los procedimientos judiciales y administrativos, con el propósito de agilizar y simplificar el sistema.
El texto para segundo y definitivo debate contempla sanciones para los servidores judiciales y funcionarios públicos que retrasen injustificadamente los procesos de adopción.
En cuanto a los plazos que se establecen para concretar el proceso de adopción, según lo aprobado se determina que en dos meses la Policía Nacional especializada deberá presentar el informe sobre ubicación de los progenitores o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad de la niña, niño o adolescente.
La Unidad Técnica de Adopciones tendrá 45 días laborables para un informe de la situación, condiciones y necesidades de menor con declaración de adoptabilidad; otros 45 días para que la Unidad emita la resolución de declaración de idoneidad de los candidatos a adoptantes desde que se procedió a su registro.
Luego hay un término de 40 días para que se realice el emparentamiento desde que tuvo lugar la aceptación de la asignación por parte de la familia y de la niña, niño o adolescente; un término de tres días para que el Registro Civil proceda a la inscripción de la sentencia que concede la adopción desde que recibió la notificación de la resolución; y, seis meses para que tenga lugar la reinserción familiar de la niña, niño o adolescente.
Durante el debate, el legislador Blasco Luna (RC) aseguró que ningún asambleísta se opone a los procesos de adopción; sin embargo, insistió en que estos deben garantizar plenamente los derechos de las niñas, niños y adolescentes, para evitar que se conviertan en una fuente de nuevas vulneraciones.
Advirtió que la celeridad en los trámites no puede anteponerse a la protección integral de los menores. En ese sentido, señaló que no es posible entregar a un niño o adolescente a una familia sin que se haya cumplido un proceso de emparentamiento “real y verdadero”.
Luna cuestionó que el proyecto de ley establezca un plazo de 40 días para el proceso de emparentamiento y sostuvo que la propuesta presenta un vacío legal, al no definir qué ocurrirá con el niño, niña o adolescente si ese proceso no concluye de manera favorable dentro del término previsto.
Fuente: El Universo
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