Con ocho votos afirmativos, la Comisión de Desarrollo Económico, Productivo y la Microempresa aprobó el texto final del Proyecto de Ley Reformatoria a la Ley de Régimen Tributario Interno para Incentivar la Construcción de Viviendas de Interés Social y Reducir el Déficit Habitacional, calificado como urgente en materia económica.
La normativa tiene como objetivo establecer incentivos tributarios para promover la participación del sector privado en la generación de soluciones habitacionales, especialmente dirigidas a los sectores más vulnerables del país. La propuesta busca contribuir a la reducción del déficit habitacional, agravado por factores como eventos climáticos adversos y otras contingencias.
El texto aprobado determina que las disposiciones serán de carácter especial y de orden público, aplicables en todo el territorio nacional, y precisa que la participación privada será complementaria, sin sustituir las obligaciones constitucionales del Estado en materia de hábitat y vivienda.
Entre los principales cambios, se incorpora un mecanismo de rebaja del impuesto a la renta para quienes donen viviendas de interés social o recursos para su financiamiento. En el caso de donaciones que cubran el subsidio total del Estado para el primer segmento, los contribuyentes podrán acceder a una rebaja equivalente al 100% del valor donado, con un límite de hasta el 30% del impuesto causado. Este beneficio también aplicará para aportes destinados al financiamiento parcial de viviendas del segundo segmento.
La ley establece requisitos claros para la instrumentación de estas donaciones, incluyendo la suscripción de convenios con el ente rector de hábitat y vivienda, así como mecanismos de verificación mediante actas de entrega-recepción o escrituras públicas, según corresponda.
Además, se dispone que el ente rector de hábitat y vivienda elabore anualmente un catálogo de necesidades de vivienda de interés social, priorizando los territorios con mayores niveles de déficit habitacional y pobreza, con el fin de focalizar adecuadamente el beneficio.
En materia fiscal, el ente rector de las finanzas públicas definirá el monto máximo de gasto tributario que podrá generarse, garantizando la sostenibilidad de las finanzas públicas.
La propuesta también contempla disposiciones para la evaluación anual del impacto fiscal y económico de la ley, así como la emisión de normativa secundaria por parte del Servicio de Rentas Internas y las autoridades competentes en un plazo máximo de 30 días.
Finalmente, se establece que este incentivo tributario tendrá carácter temporal y será aplicable a partir del ejercicio fiscal 2026, desde el día siguiente a su publicación en el Registro Oficial.
El informe aprobado será remitido al Pleno de la Asamblea Nacional para su respectivo debate y votación.
MEV