El proceso para designar a la nueva autoridad del sistema judicial vuelve a entramparse. El Pleno del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs) resolvió que el presidente de la Corte Nacional de Justicia, Marco Rodríguez, deberá reemplazar a dos de los tres candidatos que integran la terna para la designación del titular del Consejo de la Judicatura. La decisión se adoptó en sesión virtual de este 25 de marzo de 2026.
Una terna incompleta en medio de objeciones legales
La Comisión Técnica de Selección determinó que los postulantes Óscar Chamorro Villavicencio y María Fernanda Morejón no cumplen con los requisitos, al incurrir en causales de inhabilidad y prohibición. Por ello, dispuso que, en un plazo de cinco días, se remitan nuevos nombres para completar la terna. Esta resolución consta en el informe de verificación de requisitos del concurso público para designar a los vocales principales y suplentes del Consejo de la Judicatura.
Fallo judicial a favor de Villacís ignorado
La resolución del Cpccs se adoptó pese a un antecedente inmediato que tensiona su legalidad. El 23 de marzo de 2026, una jueza ordenó al Ministerio de Trabajo corregir en 24 horas el registro de impedimentos y emitir disculpas públicas a Alexandra Villacís, luego de que se le atribuyera una supuesta deuda con el Servicio de Rentas Internas (SRI) que le impedía asumir la presidencia del Consejo de la Judicatura. Ese señalamiento, registrado el 9 de febrero de 2026, había sido utilizado como argumento para cuestionar su elegibilidad.
Antes de la votación, la consejera Nicole Bonifaz cuestionó la legitimidad de insistir en una decisión que, a su criterio, ya perdió sustento jurídico. Advirtió que el organismo enfrenta una disyuntiva: rectificar o persistir en un error que podría agravar la crisis institucional.
En la misma línea, Piedad Cuaran sostuvo que resulta improcedente continuar con el proceso cuando, según afirmó, es de conocimiento público que Villacís no mantiene impedimentos con el SRI, situación ratificada por una jueza. Ambas posturas apuntan a la posible desconexión entre las decisiones administrativas del Cpccs y los fallos judiciales vigentes.
Desde la otra orilla, Andrés Fantoni defendió la actuación del Consejo bajo un argumento formalista. Señaló que el organismo no ha sido notificado oficialmente de la sentencia ni ha sido parte procesal en el habeas data que benefició a Villacís, por lo que considera que no existe obligación inmediata de modificar su actuación.
Radio Pichincha