El titular de la Unidad Fiscal para la Investigación de la Causa AMIA (UFI AMIA), el fiscal federal Sebastián Basso, ha formalizado una petición para el procesamiento de diez ciudadanos de origen iraní y libanés vinculados al atentado terrorista perpetrado el 18 de julio de 1994 contra la mutual judía en Buenos Aires. A través de varios dictámenes presentados este miércoles, el funcionario también solicitó la imputación y la inmediata captura internacional de Alí Asghar Hejazi, identificado como un alto mando del régimen de Irán.
De acuerdo con las investigaciones, el nuevo imputado en la causa se desempeñaba como la mano derecha del líder supremo Alí Khamenei, quien fue asesinado el pasado 28 de febrero durante una operación conjunta entre Israel y Estados Unidos. La Fiscalía ha logrado reconstruir que Hejazi lideraba el denominado Comité Vijeh, un estamento estatal encargado de la recolección de inteligencia, el análisis del blanco y la confección de la propuesta final para perpetrar la voladura de la sede de la AMIA.
Las pruebas acumuladas por los peritos sugieren que, una vez que el plan criminal recibió el visto bueno de las más altas esferas del poder iraní, Asghar Hejazi asumió la responsabilidad de la ejecución y la coordinación estratégica necesaria para concretar el ataque en territorio argentino.
Este avance judicial se fundamenta, en gran medida, en los testimonios brindados por cuatro disidentes iraníes en Francia, quienes declararon ante el fiscal Basso en diciembre pasado. Con base en estos nuevos elementos probatorios, el fiscal demandó la indagatoria de Hejazi, su declaración de rebeldía y la activación de una orden de captura por parte de Interpol. Actualmente, la solicitud se encuentra bajo análisis en el Juzgado Federal N° 6, liderado interinamente por el magistrado Daniel Rafecas.
Identidad de los acusados y su rol en la estructura
La nómina de las diez personas para quienes se solicitó el procesamiento coincide con el grupo sobre el cual el juez Rafecas ya había dictaminado la aplicación del juicio en ausencia. Estos individuos permanecen prófugos y cuentan con alertas rojas de Interpol vigentes desde el año 2006.

Entre los señalados figuran personajes de alto perfil político: Alí Fallahian, exministro de Inteligencia; Alí Akbar Velayati, quien fuera ministro de Relaciones Exteriores; Mohsen Rezai, antiguo jefe de la Guardia Revolucionaria; y Ahmad Vahidi, exlíder de la fuerza Al Quds y recientemente nombrado jefe de la Guardia Revolucionaria.
Las investigaciones judiciales determinan que estos sujetos formaron parte del Consejo Supremo de Seguridad Nacional. Este organismo gubernamental habría dado luz verde al ataque terrorista en una sesión secreta realizada a mediados de agosto de 1993, en un contexto marcado por diálogos de paz en la región de Medio Oriente.
La lista presentada por el fiscal Basso incluye también a exfuncionarios diplomáticos acreditados en la capital argentina en aquella época: Hadi Soleimanpour, entonces embajador; Mohsen Rabbani, encargado de asuntos culturales; y Ahmad Reza Asghari, quien ocupaba el cargo de tercer secretario en la delegación diplomática.
Para la UFI AMIA, este grupo operó bajo la apariencia de funciones oficiales para conformar una red de espionaje encubierta. Su intervención fue fundamental para recabar datos precisos sobre el objetivo, gestionar el apoyo logístico para los atacantes y asegurar el escape posterior a la detonación, valiéndose de su inmunidad diplomática para eludir los controles locales.

Adicionalmente, la justicia apunta contra integrantes de la milicia libanesa Hezbolá. El principal sospechoso en este grupo es Salman Raouf Salman, señalado como el coordinador directo de las acciones en Argentina. Según el dictamen, Salman ingresó de forma ilegal al país para supervisar el arribo, la logística de hospedaje y la salida segura del comando ejecutor.
En estas maniobras habría colaborado su hermano, Abdallah Salman, encargado del flujo de grandes cantidades de moneda extranjera para financiar las operaciones criminales. Finalmente, se incluye a Hussein Mounir Mouzannar, un comerciante de origen libanés residente en Paraguay, acusado de proveer documentos laborales falsos para que Salman Raouf Salman obtuviera una identidad fraudulenta.
En un extenso documento de 201 páginas, el fiscal detalló que los acusados deben responder por los delitos de homicidio calificado, agravado por odio religioso o racial y por el uso de medios capaces de generar un peligro común. El ataque dejó un saldo trágico de 85 personas fallecidas y al menos 141 ciudadanos con heridas de distinta gravedad, además de los millonarios daños a la infraestructura.
Sumado a esto, se les imputa el patrocinio y la pertenencia a una asociación armada, cargo que incluye un agravante por finalidades discriminatorias.
El dictamen enfatiza que la cúpula del régimen islámico diseñó esta estrategia con el “indudable propósito de denigrar y agredir violentamente” a los miembros de la comunidad judía.
La tesis fiscal sostiene que las órdenes operativas, los recursos financieros y el respaldo político provinieron directamente desde Teherán. Por su parte, las células operativas de la milicia libanesa ejecutaron la masacre valiéndose de pasaportes apócrifos para burlar los controles fronterizos en Sudamérica.

Como parte de las medidas de carácter económico, Basso solicitó un ajuste en los embargos preventivos sobre los activos de los implicados. La suma total requerida asciende a más de $741 mil millones. Asimismo, se planteó la utilización de canales diplomáticos y plataformas digitales oficiales para informar a los prófugos sobre las acciones legales en su contra.
Este procedimiento es un requisito legal indispensable para avanzar hacia la instancia del juicio oral y público, que se desarrollará bajo la modalidad de juzgamiento en ausencia.
No obstante, la defensa oficial de los imputados ha interpuesto un recurso ante la Cámara Federal de Casación Penal, cuestionando la constitucionalidad de la Ley 27.784, que habilita el juzgamiento de personas prófugas. Aunque este planteamiento fue desestimado previamente por el juez Daniel Rafecas y la Cámara Federal, la decisión final quedará en manos de la Sala II del máximo tribunal penal argentino.
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