El sistema judicial ha emitido una sentencia de 20 años de privación de libertad contra el otrora asesor del gobierno de Alberto Fujimori, Vladimiro Montesinos, en relación con el proceso judicial conocido como Sobres bomba.
La decisión fue tomada por la Tercera Sala Penal Superior Nacional Liquidadora Transitoria, que halló a Montesinos responsable del delito de homicidio calificado. Las víctimas fatales de estos actos fueron la periodista Melissa Alfaro Méndez y el ciudadano Víctor Hugo Ruiz León. De igual manera, se le impuso la condena por la tentativa de homicidio contra otros tres ciudadanos.
En el aspecto resarcitorio, el tribunal dictaminó que el sentenciado, en conjunto con el Ministerio de Defensa, deberá pagar una reparación civil de 500 mil soles a los deudos de cada una de las personas fallecidas. Asimismo, se fijaron indemnizaciones de 50 mil soles para dos de las víctimas en grado de tentativa y una suma de 200 mil soles para la tercera persona afectada.
Durante la audiencia, la Sala Penal desestimó el recurso de excepción de prescripción que habían presentado los abogados de Montesinos y del coprocesado, el coronel EP (r) Víctor Penas Sandoval. Dicha defensa buscaba ampararse en la Ley 32107, normativa referida a la prescripción de crímenes de lesa humanidad, pero el tribunal rechazó su aplicación en este caso.
Es importante señalar que la Fiscalía había solicitado originalmente una condena de 35 años de cárcel para el antiguo jefe de inteligencia por estos hechos. No obstante, el tribunal se decantó por la pena de dos décadas de reclusión.
En el acto de lectura de la sentencia, solo se dio a conocer la parte resolutiva del fallo. Los argumentos detallados y el análisis de los elementos probatorios serán comunicados a las partes una vez que reciban la notificación del documento íntegro del tribunal.
Al conocerse la decisión, la defensa técnica de Montesinos optó por reservarse el derecho de impugnación. Por otro lado, el Ministerio Público informó que presentará un recurso de nulidad frente a la absolución dictada a favor del coronel EP (r) Víctor Penas Sandoval.
El Tribunal precisó en su resolución que la pena de 20 años no se dará por compurgada con condenas previas, lo que significa que el exasesor deberá cumplir el tiempo estipulado en este fallo judicial de manera efectiva.
La estrategia legal del exasesor
La defensa de Vladimiro Montesinos enfocó sus esfuerzos en la aplicación de dos normativas recientemente aprobadas por el Congreso. El objetivo de los abogados era que estas leyes eximieran a su cliente de responsabilidad penal o que le permitieran cumplir la sanción fuera de un recinto carcelario.

El exjefe del Servicio de Inteligencia sostuvo ante los magistrados que no existían fundamentos para clasificar los ataques con explosivos como delitos de lesa humanidad. Argumentó que la Ley 32107 marca un límite temporal para dichos crímenes, estableciendo que no pueden perseguirse si ocurrieron antes del 1 de julio de 2002. Al respecto, Montesinos declaró:
“Tiene plena vigencia en el Estado, delimitando la aplicación temporal del delito de lesa humanidad a partir del 1 de julio de 2002 en adelante y no de manera retroactiva como ha estado utilizando el Ministerio Público para hechos de 1991”
.
Por otra parte, Montesinos planteó a la sala que, en caso de ser hallado culpable por el caso de los explosivos, se aplicara la “refundición de penas”. Bajo este principio, solicitó que la nueva condena fuera absorbida por la sentencia de 25 años que ya se encuentra cumpliendo por los casos de Barrios Altos y La Cantuta, citando sentencias previas del Tribunal Constitucional.
Finalmente, hizo una petición basada en la Ley 32181, que favorece a personas que superan los 80 años de edad. Debido a que Montesinos ya pasó esa edad, solicitó que se le permita cumplir su condena bajo arresto domiciliario o comparecencia con restricciones. Basó su requerimiento en el derecho a la igualdad ante la ley, recordando que beneficios similares han sido otorgados por la Corte Suprema y la Corte Superior Nacional de Justicia Penal Especializada a otros sentenciados de edad avanzada.
Fuente: Fuente