Aunque la propuesta de reforma constitucional de quitar a las organizaciones políticas el financiamiento público para su existencia no tuvo el respaldo popular en las urnas, está en funcionamiento una plataforma tecnológica denominada Sistema Contable del Financiamiento a la Política, que sirve para que los representantes de los movimientos y partidos transparenten y reporten qué hacen con el dinero que reciben del Estado y de sus afiliados y donantes.
Con datos oficiales, desde el 2008 hasta el 2023, del presupuesto general del Estado salió una erogación de $ 81’834.729 para el denominado Fondo Partidario Permanente (FPP), que sirve para garantizar el funcionamiento administrativo y de capacitación de los partidos y movimientos políticos.
La entrega de este fondo es una obligación constitucional, por lo que en septiembre del 2024 el presidente de la República, Daniel Noboa, pidió a la Corte Constitucional (CC) que califique una reforma parcial para cambiar los artículos 110 y 115 de la Constitución y eliminar el FPP y el Fondo de Promoción Electoral, que se usa para pagar la campaña electoral en medios de comunicación y garantizar la equidad en la promoción de candidaturas.
Según Noboa, en el país hay otras prioridades que gastar en la actividad política, lo que a la vez permitiría evitar cualquier mal uso de los recursos públicos.
En medio de la campaña electoral, el Gobierno nacional y actores afines impulsaron el sí a la reforma alegando que el fondo se usó mal, con “reconstrucciones vaginales”, alimento para mascotas y otras necesidades.
No obstante, en efecto, en la población hay descontento. Una reciente encuesta del Latinobarómetro de 2024 detalló que en Ecuador el 58 % de 1.200 consultados dijo que la “democracia puede funcionar sin partidos políticos”.
Y otro 57 % consideró que la democracia sí puede funcionar sin la existencia del “congreso”, llamado Asamblea Nacional en Ecuador.
La propuesta de Noboa se tramitó en la Asamblea Nacional en dos debates y finalmente se llevó a las urnas este 16 de noviembre de 2025, pero perdió.
Con los resultados preliminares difundidos por el Consejo Nacional Electoral: 6’141.875 (58,3 %) de los electores dijeron “no” a eliminar el FPP. Por el sí hubo 4’392.472 (el 41,7 %).
Es decir, el Estado seguirá financiando las actividades de los partidos y movimientos, y el CNE es el encargado de vigilarlos.
El vocal del Consejo Nacional Electoral José Cabrera recordó que las organizaciones políticas están obligadas a usar el Sistema Contable de Financiamiento a la Política, que permite reportar en línea el uso que dan a los dineros —tanto públicos como privados, de aportes de sus afiliados y donaciones— que reciben.
“Las organizaciones pueden transmitir en línea la información, e incluso esto permite intercambiar información con los organismos de control, como el Servicio de Rentas Internas y la Unidad de Análisis Financiero”, dijo Cabrera.
Si bien el CNE, a través de su Dirección de Control y Fiscalización, da seguimiento al informe contable anual, estos suelen conocerse tardíamente.
Según Cabrera, esto ocurre en tanto han tenido procesos electorales continuos y cientos de candidatos que deben responder a sus gastos, ingresos y egresos de campañas políticas.
Pero recordó que la ley les permite observar el cumplimiento de este requisito hasta dos años después del año fiscal que corresponda.

El expresidente del extinto Tribunal Supremo Electoral Carlos Aguinaga reflexionó que esta iniciativa pudo haber tenido un respaldo mayoritario en las urnas, porque la “ciudadanía está cansada de la política”.
Sin embargo, la campaña electoral no ahondó en las cuatro preguntas que hizo Noboa, sino en el respaldo a su gestión. “Fue un mal momento para proponer esta consulta y referéndum, porque además hubo un mal manejo de la comunicación política”, subrayó Aguinaga.
El fondo partidario se creó en la Ley de Partidos Políticos, que nació en la dictadura de 1978, y se lo consideró necesario porque “en los partidos solo con las cuotas de afiliados no alcanzan a tener recursos para organizarse”.
Por ello, sugiere que el CNE podría enfatizar en el control previo, recurrente y posterior del uso de los dineros; y, a corto plazo, proponerse una reforma al sistema de partidos, considerando que en el 2027 habrá elecciones de autoridades de Gobiernos locales.
El cambio apuntaría a controlar el dinero en efectivo, en especies y donaciones que reciben los sujetos políticos y se gastan en campañas en redes sociales, ya que el Fondo de Promoción Electoral (que da el Estado para pagar la propaganda en prensa y vallas) es “marginal frente al dinero que se gasta en redes sociales y que no está sujeto al control” del CNE, añadió.
Quiénes reciben estos recursos
En Ecuador existen 232 organizaciones políticas calificadas por el Consejo Nacional Electoral, de las que 17 son de ámbito nacional: siete partidos y diez movimientos.
En la actualidad, ocho de ellas recibirían el Fondo Partidario Permanente, cuyo fin es garantizar la existencia operativa y la formación de liderazgos.
En diciembre de 2024, el CNE reconoció el derecho a acceder al FPP, correspondiente al 2023, a los partidos:
- Avanza
- Izquierda Democrática (ID)
- Partido Social Cristiano (PSC)
- Sociedad Unida Más Acción (SUMA)
- Unidad Popular
- Partido Socialista Ecuatoriano (PSE), tras interponer un reclamo ante el Tribunal Contencioso Electoral (TCE)
- Movimiento Revolución Ciudadana (RC)
- Movimiento Pachakutik (PK)
No tendrían derecho al rubro, de acuerdo con el informe jurídico que se conoció en diciembre de 2024, el movimiento Acción Movilizadora Independiente Generando Oportunidades (Amigo), Centro Democrático, Construye, Creando Oportunidades (CREO), Democracia Sí y Renovación Total (RETO).
En tanto que los movimientos Pueblo, Igualdad y Democracia (PID) y Acción Democrática Nacional (ADN) son relativamente nuevos, por lo que todavía no cumplen con los requisitos contemplados en el Código de la Democracia.
Por ejemplo, el caso de ADN, cuyo fundador es Daniel Noboa, que adquirió personería jurídica en mayo de 2024.

Qué herramientas tiene el CNE para controlar el uso del Fondo Partidario
El Código de la Democracia y sus últimas reformas de junio de 2025 fijaron como requisitos para acceder al FPP que tengan al menos el 5 % de los votos válidos en dos elecciones pluripersonales consecutivas a nivel nacional, o al menos tres representantes a la Asamblea Nacional, o el 8 % de alcaldías, o por lo menos un concejal en cada uno de, al menos, el 10 % de los cantones del país.
Este dinero viene del presupuesto general del Estado de una partida que es equivalente al 0,03 por mil de los egresos fiscales, que proviene de las multas que recauda el Consejo por infracciones electorales.
El 50 % se reparte en partes iguales a cada una de las organizaciones políticas; el 35 % en forma proporcional al número de votos obtenidos por cada una en las últimas elecciones pluripersonales; y el 15 % va al Instituto de Investigación y Análisis Político Electoral, conocido como IDD.
Las organizaciones deben usar el 50 % en:
- Formación y capacitación de nuevos líderes, de mujeres, jóvenes, o de sus afiliados o adherentes.
- Formación en temáticas relacionadas con grupos de atención prioritaria, la promoción de la plena paridad de género.
- Erradicación de la violencia contra las mujeres y el fortalecimiento del liderazgo de mujeres y jóvenes en sus distintos ámbitos de acción.
Lo que resta se destina a publicaciones y no pueden usar más del 30 % en el funcionamiento institucional.
Para reportar su uso, los partidos y movimientos deben ingresar al Sistema Contable del Financiamiento a la Política, que se estableció a raíz de las reformas a la ley electoral en el 2020.
Este sistema hace un control cruzado con otras instituciones, como el Servicio de Rentas Internas (SRI), la Unidad de Análisis Financiero (UAFE) y superintendencias, como de Bancos, Compañías y demás, para detectar posibles contribuciones irregulares.
Hasta la actualidad, públicamente, no se han reportado estos hechos.
Para efectivizar este control, el Consejo emitió un reglamento —que se codificó en octubre de 2025— que establece que “todas las organizaciones políticas, a través de sus responsables económicos”, deben registrar sus movimientos contables anuales.
En qué pueden gastar
De acuerdo con la normativa, se pueden hacer gastos de personal administrativo y financiero para la logística de sus asambleas, convenciones, congresos, comités y elecciones primarias.
Pueden adquirir bienes muebles, únicamente para el funcionamiento de la organización, y bienes inmuebles para uso exclusivo de sus sedes.
Está prohibido que usen el dinero del fondo de caja chica para pagar “bienes y servicios en beneficio personal, servicios básicos, anticipos de viáticos, alimentación, sueldos, horas extras, préstamos, donaciones, multas, agasajos, suscripciones a revistas y periódicos, compra de activos fijos, adquisición de objetos ornamentales y otros gastos que no tengan el carácter de urgente e imprevisible”.
El CNE puede visitar sus sedes de forma periódica para verificar el adecuado uso, registro y soporte documentado de los gastos.
Lo pueden hacer el primer trimestre de cada año. (I)
Fuente: El Universo