La profunda crisis política que se ha generado tras revelarse las reuniones sostenidas entre el presidente interino, José Jerí, y el empresario de origen chino Zhihua Yang, ha impulsado al Congreso a evaluar dos mecanismos constitucionales: la censura y la vacancia. No obstante, expertos en materia legal coinciden en que la ruta con mayor sustento jurídico es la vacancia presidencial, fundamentada en la causal de “permanente incapacidad moral”.
Esta perspectiva fue detallada por César Delgado Guembes, quien se desempeñó como exoficial mayor del Parlamento. Durante una intervención pública, el especialista aclaró que este procedimiento no es discrecional, sino que está rígidamente normado por el Reglamento del Congreso, el cual impone una serie de formalismos estrictos y requiere votaciones calificadas para prosperar.
Un factor determinante en la coyuntura actual es que el Congreso se encuentra en su periodo de receso. Esta situación obliga a cumplir una fase previa y fundamental antes de que se pueda dar curso a cualquier tipo de trámite orientado a la remoción del jefe de Estado.

Requisito fundamental: La autoconvocatoria a legislatura extraordinaria
Para que el proceso inicie formalmente, el primer obstáculo es la instalación de una legislatura extraordinaria. Según lo estipulado en el artículo 50 del Reglamento del Congreso, esta medida requiere obligatoriamente la recolección de 78 firmas de parlamentarios. Solo con este respaldo, el propio Parlamento puede sesionar fuera de sus periodos ordinarios de trabajo.
Delgado Guembes enfatiza que, sin el cumplimiento de este requisito, es jurídicamente imposible tramitar una censura o vacancia. Aunque la bancada de Renovación Popular ha planteado solicitar directamente al presidente del Congreso un pleno extraordinario, dicha vía solo sería aplicable si el Legislativo estuviera en sesiones ordinarias, un escenario que no se ajusta a la realidad actual.
Por lo tanto, el termómetro político inicial será la capacidad de alcanzar ese número crítico de 78 congresistas dispuestos a autoconvocarse para iniciar el debate sobre la continuidad de José Jerí en el cargo.

La presentación formal de la moción: El umbral de las 26 firmas
Una vez que la legislatura extraordinaria quede oficialmente instalada, se abre la puerta para la presentación de la moción de vacancia presidencial. En esta etapa, el Reglamento exige un respaldo mínimo inicial de 26 firmas de congresistas debidamente acreditados.
En la actualidad, el legislador Segundo Montalvo es quien encabeza este esfuerzo. Según trascendidos desde el interior de las diversas bancadas, a la iniciativa le faltarían todavía cerca de diez rúbricas para alcanzar el mínimo legal requerido. Este paso es indispensable, pues sin una moción formalizada no existe proceso jurídico válido.
Es importante distinguir que, a diferencia de la censura, la vacancia se sustenta en una causal constitucional específica, que en este caso apunta a la presunta “permanente incapacidad moral” del mandatario, basándose en los cuestionamientos públicos derivados de sus reuniones privadas.

Admisión a debate y el ejercicio del derecho de defensa
Tras la presentación de la moción, el siguiente paso ocurre en el Pleno, donde los legisladores deben discutir y votar su admisión. Para que la moción sea aceptada y el proceso continúe, se requiere el voto favorable del 40 % de los congresistas hábiles.
Si el respaldo no alcanza este porcentaje, el expediente se envía directamente al archivo y el proceso concluye de forma definitiva. En caso de ser admitida, se activa de inmediato el derecho de defensa del jefe de Estado. Bajo este precepto, José Jerí deberá comparecer ante el Pleno para presentar sus descargos frente a las acusaciones y justificar por qué sus acciones no se encuadran en la figura de incapacidad moral.
Esta fase de defensa es una garantía constitucional inalienable y constituye una pieza central del debido proceso parlamentario, asegurando que el mandatario sea escuchado antes de cualquier decisión final.

Votación final: La exigencia de la mayoría calificada
Concluido el debate y la defensa presidencial, el Pleno debe proceder a la votación que decidirá la vacancia. Este es el momento de mayor exigencia política, ya que se requiere una mayoría calificada de dos tercios del número legal de miembros del Congreso. En términos numéricos, esto representa alcanzar entre 87 u 88 votos a favor.
- Si se logra dicha votación, la vacancia se hace efectiva y José Jerí es inmediatamente destituido de sus funciones.
- Si no se alcanza el umbral de los dos tercios, la solicitud de vacancia es rechazada, no genera efectos legales y el presidente permanece en su cargo con total normalidad.
Fuente: Infobae