Gobierno crea el programa Emprende Violeta Micro para mujeres de 25 a 65 años con actividades productivas independientes

A través del Decreto Ejecutivo 521, el presidente de la República, Daniel Noboa, dispuso la creación del programa Emprende Violeta Micro para facilitar el acceso a financiamiento productivo en condiciones preferenciales a mujeres trabajadoras independientes que desarrollan actividades productivas, comerciales o de servicios.

Con este programa, el Ejecutivo busca el fortalecimiento, ampliación o mejoramiento de sus unidades económicas en funcionamiento, promover su autonomía económica y reducir las brechas de acceso al crédito, según el acuerdo firmado por Noboa el 15 de octubre.

El programa se implementará por intermedio de operaciones de microcrédito destinadas al financiamiento de capital de trabajo y activos fijos que serán otorgados con una tasa de interés nominal anual preferencial del 9,80 % conforme a las condiciones del producto financiero implementado por BanEcuador.

El ente rector de la producción financiará el diferencial entre la tasa de interés nominal anual preferencial aplicable a las beneficiarias y la tasa de interés nominal anual, sin subvención, establecida para el producto financiero del programa, en conformidad con la normativa aplicable y los instrumentos que se suscriban para su implementación.

Dentro del acuerdo, el Ejecutivo estableció que las beneficiarias del programa serán mujeres independientes de 25 a 65 años, inclusive, que cuenten con una unidad productiva en funcionamiento y un Registro Único de Contribuyentes (RUC) activo; y, cuando corresponda, se encuentren sujetas al régimen simplificado para emprendedores y negocios populares, en conformidad con criterios de elegibilidad que se establezcan en la normativa que se expida para la implementación del programa.

La misma entidad se encargará de establecer y verificar el cumplimiento de las condiciones de elegibilidad de las beneficiarias del programa para el acceso a la subvención.

La identificación de las potenciales beneficiarias, así como su incorporación a las bases de datos administradas por el ente rector de la producción o el cumplimiento de condiciones de elegibilidad no constituirán precalificación o calificación crediticia, recomendación para el otorgamiento del crédito ni garantía de acceso al financiamiento, ni generarán derecho alguno a la aprobación o desembolso de una operación crediticia.

Estos créditos se darán exclusivamente para el financiamiento de las actividades económicas desarrolladas por las beneficiarias en conformidad con los destinos, condiciones y demás requisitos establecidos en el producto financiero implementado por BanEcuador.

BanEcuador será la entidad financiera a cargo de la operación crediticia del programa y establecerá los requisitos y condiciones para el acceso al financiamiento y realizará la recepción, evaluación, calificación, aprobación, instrumentación, desembolso, administración y recuperación de las operaciones crediticias en conformidad con la normativa financiera vigente. (I)

Fuente: El Universo

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