Mediante el Memorando Nro. FGE-CGGR-DTH-2026-01772-M, de 15 de abril de 2026, con el asunto “disposición de validación obligatoria de períodos para el proceso de evaluación del desempeño y productividad”, la Dirección de Talento Humano de la Fiscalía General del Estado informó a 870 agentes fiscales que operan en 931 dependencias a escala nacional sobre el inicio de este procedimiento.

Evaluación de tres años
La evaluación corresponde al período comprendido entre el 8 de diciembre de 2020 y el 31 de diciembre de 2023, e incluye también al actual fiscal general encargado, Carlos Leonardo Alarcón, quien antes se desempeñaba como fiscal de la Unidad Nacional de Transparencia y Lucha Contra la Corrupción.
Según el artículo 87 del Código Orgánico de la Función Judicial (COFJ), los servidores judiciales serán sometidos a una evaluación individual y periódica de su rendimiento, con presencia de control social.
El documento precisa que aquellos funcionarios que no alcancen los mínimos requeridos serán evaluados nuevamente en un lapso de tres meses y, de mantener una calificación deficiente, serán removidos.
El memorando añade que la evaluación es una herramienta destinada a garantizar la mejora en la calidad de los servicios judiciales, la especialización y la promoción de quienes integran la Función Judicial.
Además, señala que los servidores, con excepción de los jueces y conjueces de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), deberán someterse cada tres años a una evaluación objetiva, individual y periódica.
El numeral 18 del artículo 264 del COFJ establece que corresponde al Pleno del Consejo de la Judicatura definir los procedimientos para el mejoramiento y modernización de la Función Judicial, así como los procesos de selección, concursos, permanencia, disciplina, evaluación, formación y capacitación.
En esa línea, el mismo cuerpo legal faculta al Director General del Consejo de la Judicatura a dirigir y supervisar la administración de los recursos humanos, financieros y administrativos, así como los procesos de evaluación dentro de su competencia.
Los primeros acercamientos
El 15 de diciembre de 2025, con Mario Godoy al frente de la Judicatura y Carlos Leonardo Alarcón en la Fiscalía, se realizó una mesa de trabajo interinstitucional. Dos días después, mediante el Oficio-CJ-DNTH-2025-1429-OF de 17 de diciembre de 2025, el Consejo de la Judicatura solicitó información indispensable para el diseño del proceso.
Entre los requerimientos constó la Base de Datos de Actuaciones Fiscales, contenida en el Sistema Integrado de Actuaciones Fiscales (SIAF), que incluye impulsos, diligencias y noticias del delito relacionadas con los fiscales durante el período evaluado.
Posteriormente, la Dirección de Talento Humano de la Fiscalía solicitó a cada agente fiscal revisar la matriz de períodos de evaluación, con asignaciones de despacho de 90 días en adelante, y reportar observaciones en un plazo de cinco días.
La institución enfatizó que el cumplimiento de esta disposición es clave para garantizar la continuidad del proceso, así como los principios de transparencia y seguridad jurídica.
Además, mediante el Memorando Nro. FGE-CGAJP-DCJEAF-2026-00786-M, de 21 de abril de 2026, se dispuso la actualización de estados procesales en el SIAF, cuyo manual está vigente desde 2018 y establece que la evaluación dependerá de las actuaciones registradas en ese sistema.
Directrices a aplicarse
La Dirección de Control Jurídico y Evaluación de la Actuación Fiscal aplicará la Directriz No. 001-2018, aprobada el 30 de julio de 2018, que regula el uso obligatorio del SIAF. Esta normativa dispone que todas las noticias del delito y actos administrativos deben ser registrados en el sistema.
El uso del SIAF es obligatorio para las distintas dependencias fiscales, incluidas las unidades con competencia nacional, fiscalías provinciales, especializadas y multicompetentes, tanto en la fase preprocesal como procesal penal.
La anterior evaluación
Mediante Resolución 039-2019, de 1 de abril de 2019, publicada en el Suplemento del Registro Oficial No. 466 de 11 de abril de 2019, y su reforma mediante Resolución 014-2020, de 30 de enero de 2020, el Pleno del Consejo de la Judicatura inició un proceso de evaluación de desempeño, productividad y promoción de fiscales a nivel nacional.
Posteriormente, con la Resolución 022-2020, de 27 de febrero de 2020, se expidió el reglamento correspondiente, que establece a los responsables del proceso: el Pleno del Consejo de la Judicatura, la Dirección General, la Dirección Nacional de Talento Humano, los tribunales evaluadores y los tribunales de reconsideración.
Si bien, tras la salida de Godoy, asumió el representante del Ejecutivo, Damián Larco, la situación cambió y en los próximos días se prevé la posesión de Mercedes Caicedo y su suplente en la Asamblea Nacional. Caicedo dirigirá los destinos de la Función Judicial hasta 2031.
El reglamento también define una escala de calificación: de 93 a 100 puntos será “Excelente”; de 93 a 86, “Muy Bueno”; menos de 86, “Aceptable”; y menos de 80, “Deficiente”.
El método de evaluación será individual, documental y articulado entre variables cualitativas y cuantitativas. La variable cuantitativa medirá la gestión en los procesos penales, mientras que la cualitativa evaluará aspectos como interpretación jurídica, capacidad investigativa y praxis.
Fuentes y criterios de evaluación
La evaluación se sustentará en diversas fuentes, entre ellas: el Sistema de Administración de Talento Humano (SATH), expedientes personales, el SIAF, planes y programas de fiscalías, documentos de gestión, expedientes fiscales y audios de audiencias.
Reacción
Para el jurista y exvocal de la Judicatura, Néstor Arbito, la carrera fiscal contempla 10 categorías, aunque actualmente predominan funcionarios en categoría 3, quienes serán evaluados.
No se descarta que de este grupo surja el fiscal subrogante, quien debe pertenecer al menos a ese escalafón, conforme al artículo 47 del COFJ. Recordó además que la última categorización en la carrera fiscal se realizó en 2017.
Arbito explicó que la evaluación y la categorización son procesos distintos, aunque pueden complementarse. “No toda evaluación genera categorización, pero para categorizar se lo realiza por una evaluación específica”, señaló.
Radio Pichincha