Más de un año ha pasado desde que varias organizaciones sociales, de Derechos Humanos y del gremio de abogados demandaron ante la Corte Constitucional (CC) la inconstitucionalidad de la Ley Orgánica de Inteligencia que fue aprobada por la Asamblea Nacional y puesta en vigencia por el presidente de la República, Daniel Noboa.
Los accionantes argumentaron que la normativa vulnera el derecho a la privacidad, permite la vigilancia sin orden judicial y oculta información pública bajo el argumento de «seguridad». Además, cuestionan el uso de fondos especiales excluidos de la contratación pública.
El organismo de control constitucional admitió a trámite cinco de las 34 acciones de inconstitucionalidad presentadas por las diferentes organizaciones.
En un primer momento, la Corte Constitucional dictó medidas cautelares suspendiendo provisionalmente 12 de los 58 artículos que contiene la normativa legal; sin embargo, hasta el momento no existe un pronunciamiento concreto sobre la solicitud de declarar la inconstitucionalidad de la Ley vigente desde el 11 de junio de 2025.
¿Cuándo se presentaron las demandas de inconstitucionalidad?
El 3 de julio de 2025 el movimiento Unidad Popular presentó la demanda de inconstitucionalidad a la Ley Orgánica de Inteligencia, a día seguido esto, el 4 de julio, las organizaciones agrupadas en el Frente Popular (FUT, FESE, FEUE, UNE) también presentaron la acción constitucional para dejar sin efecto la normativa legal.
Mientras que el Colegio de Abogados de Pichincha lo hizo el 8 de julio de 2025. En el mismo mes de julio El Comité Permanente por la Defensa de los Derechos Humanos (CDH GYE), Taller de Comunicación Mujer, La Libre Tecnologías Comunitarias junto con la Fundación Regional de Asesoría en Derechos Humanos (Inredh) también presentaron la demanda, a ellos se sumaron las Organizaciones en defensa de derechos digitales, entre otros.
¿En qué estado están en las demandas presentadas por las diferentes organizaciones de la sociedad civil?
Una vez que se presentaron las acciones constitucionales, la Corte Constitucional, tras la revisión del cumplimiento de los requisitos, admitieron a trámite y se resolvió unificar las demandas.
El lunes 04 de agosto de 2025 el Primer Tribunal de la Sala de Admisión aceptó las medidas cautelares solicitadas respecto de los artículos 5, 13, 22, 41, 42, 43, 47, 48, 50, 51, 52 y 55; así como de los artículos 9, 16, 17, 25, 33, 34, 35, 36 y la disposición general primera del Reglamento a la Ley Orgánica de Inteligencia.
Posteriormente se designó al juez ponente, recayendo en la doctora, Alejandra Cárdenas. El lunes 1 de septiembre de 2025 se cumplió la audiencia pública sobre las demandas de inconstitucionalidad contra la Ley Orgánica de Inteligencia.
Tras las audiencias y las acciones adoptadas, el trámite permanece en el despacho de la jueza Cárdenas sin que hasta el momento se conozca qué nuevas acciones se van a desarrollar.
LA HORA, mediante correo electrónico, solicitó un pronunciamiento de la Corte Constitucional para conocer el estado de las demandas de inconstitucionalidad, sin que, hasta el cierre de esta nota, exista una respuesta.
¿Qué plazos tiene la Corte Constitucional para resolver?
Para las demandas de inconstitucionalidad de leyes o actos normativos generales, la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional (LOGJCC) no establece un plazo específico o improrrogable para que la Corte Constitucional emita su sentencia. El proceso incluye la calificación (admisión a trámite), un período de prueba, audiencia pública y análisis de fondo, lo cual en la práctica suele tomar varios meses.
¿Hay preocupación por la demora en la falta de un pronunciamiento definitivo?
Los criterios están divididos. Desde el sector de las organizaciones sindicales consideran un riesgo que hasta el momento no exista un pronunciamiento definitivo de parte de la Corte Constitucional toda vez que los artículos más polémicos están sólo suspendidos, más no declarados como inconstitucionales.
El presidente del Frente Unitario de los Trabajadores (FUT), Edwin Bedoya, dijo estar preocupado por la falta de pronunciamiento de la Corte Constitucional. Según su criterio, que la ley siga vigente está trayendo consecuencias porque el Gobierno, aplicando la norma, está “persiguiendo” a los opositores.
Afirmó que es necesario que exista un pronunciamiento definitivo sobre la demanda de inconstitucional de la Ley Orgánica de Inteligencia, toda vez que los 12 artículos solo están suspendidos, más no esta declarada su inconstitucionalidad.
Dijo que el FUT se reunirá mañana para conjuntamente con otras organizaciones como el Frente Popular (FP), la Unión Nacional de Educadores (UNE), las federaciones de estudiantes secundarios y universitarios, y otras agrupaciones gremiales, decidir qué acciones ejecutar para exigir un pronunciamiento definitivo.
“Ante las demoras de la Corte Constitucional estamos también planificando una acción en la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en la Unión Europea (UE) porque esta es una Ley que está sirviendo para la persecución de los dirigentes sociales y políticos, porque le da carta abierta a la Policía y al Ejército para allanar cualquier domicilio sin la orden de un juez”, aseveró el dirigente sindical.
¿Hay organizaciones que están satisfechas con el pronunciamiento de la Corte?
Este es el caso del Colegio de Abogados de Pichincha. El presidente de esta agrupación, Paúl Ocaña, indicó que la resolución adoptada por la Corte Constitucional acogió el pedido por ellos presentado.
“En la demanda presentada por nosotros pedimos que se declare la inconstitucionalidad de diez artículos que estaban violentando varios derechos, y dentro de la suspensión de los 12 artículos dispuestos por la Corte están incluidos los que nosotros solicitamos”, concluyó.
LA HORA