La Comisión de Transparencia, Participación Ciudadana y Control Social de la Asamblea Nacional inició este sábado, 14 de marzo, un proceso de fiscalización tras señalar que existe “conmoción social e interés ciudadano” por la sentencia de la Corte Constitucional que permite la rectificación de la identidad de género en la cédula para adolescentes de entre 12 y 18 años.
La presidenta de la mesa legislativa, Diana Jácome, asambleísta de la bancada oficialista, Acción Democrática Nacional, indicó que el objetivo del proceso será escuchar a distintos sectores ciudadanos y revisar los efectos de la decisión judicial.
“Esta sentencia de la Corte Constitucional no puede pasar desapercibida. No estamos hablando de un tema menor. Estamos hablando de decisiones que afectan directamente a nuestros niños, niñas y adolescentes. Son decisiones que generan preocupación en miles de familias ecuatorianas”, expresó Jácome.
La legisladora señaló que la fiscalización se realiza por la reacción social que ha provocado el fallo y aseguró que la comisión buscará respuestas sobre su alcance. “Cuando se trata de nuestros niños, el país merece respuestas claras. Vamos a seguir vigilantes y defendiendo el derecho de las familias ecuatorianas”, afirmó.
Detalles de la sentencia de la Corte Constitucional
El proceso se inicia luego de que la Corte Constitucional del Ecuador emitiera una sentencia que permite que adolescentes de entre 12 y 18 años soliciten la rectificación de la mención de género en su cédula de identidad sin necesidad de haber cumplido la mayoría de edad.
La decisión fue adoptada el 5 de febrero de 2026 con cinco votos de los nueve jueces del tribunal constitucional. El fallo determinó que exigir la mayoría de edad para realizar este cambio, como establecía la normativa vigente, generaba una afectación desproporcionada a los derechos al libre desarrollo de la personalidad y a la identidad.
La sentencia establece que el trámite podrá realizarse ante el Registro Civil del Ecuador siempre que se cumplan tres condiciones: que el adolescente esté acompañado por sus representantes legales, que exista un informe psicosocial emitido por profesionales acreditados y que se determine que cuenta con la madurez suficiente para tomar una decisión libre e informada sobre su identidad de género.
El fallo se originó a partir de una consulta de norma planteada dentro de una acción de protección relacionada con un adolescente cuyos padres solicitaron al Registro Civil el cambio de nombre y la rectificación del género en su documento de identidad, petición que fue negada por la entidad en enero de 2024.
En su argumentación, la Corte sostuvo que los adolescentes son sujetos plenos de derechos y que la protección especial que reconoce la Constitución implica un acompañamiento progresivo acorde con su desarrollo y grado de madurez.
Tras conocerse la decisión, organizaciones como Asociación Silueta X destacaron el alcance del fallo en materia de derechos e identidad de género. Mientras tanto, desde la Asamblea se anticipa que el proceso de fiscalización buscará recoger posturas de distintos sectores frente a esta resolución judicial.
Fuente: El Universo
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