Asambleísta Acuña presenta proyecto para fortalecer la educación emocional y el bienestar docente

La asambleísta María Cristina Acuña presentó este martes, 3 de marzo, el proyecto de Ley Orgánica Reformatoria a la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI), orientado a incorporar de manera expresa la educación emocional, el acompañamiento psicoemocional y el bienestar docente como ejes fundamentales del proceso educativo en Ecuador.

La iniciativa plantea reformas a varios artículos de la LOEI con el propósito de promover una corresponsabilidad efectiva entre las familias, la comunidad educativa y las instituciones del Estado en la prevención de la violencia, el fomento de la convivencia pacífica y la promoción de una crianza respetuosa.

Entre los principales cambios, se establece que madres, padres y representantes participen activamente, desde la corresponsabilidad familiar, en los procesos institucionales de acompañamiento psicoemocional, convivencia pacífica y crianza respetuosa que desarrollen las instituciones educativas, con el apoyo de los Departamentos de Consejería Estudiantil (DECE).

Asimismo, se incorpora como obligación institucional la implementación de acciones de “cuidado a cuidadores”, dirigidas al personal docente, directivo y administrativo, con énfasis en la prevención del estrés laboral, el fortalecimiento del bienestar emocional y la mejora del clima organizacional. La propuesta también dispone la creación de espacios grupales de contención y apoyo emocional para docentes, estudiantes y familias, con el fin de consolidar relaciones educativas basadas en el respeto y la convivencia pacífica.

El proyecto propone, además, que la Autoridad Educativa Nacional incorpore, dentro de las políticas públicas transversales para la prevención de la violencia en el ámbito educativo, lineamientos pedagógicos específicos de educación emocional, orientados al autocuidado, a la gestión responsable de las emociones y a la aplicación de principios de crianza respetuosa como elementos estructurales del proceso formativo.

De igual forma, se plantea la incorporación del artículo 79.1, denominado “Bienestar docente”, mediante el cual las instituciones educativas públicas, fiscomisionales y particulares deberán promover acciones institucionales enfocadas en el autocuidado, la prevención del agotamiento profesional y la atención de las afectaciones psicosociales del personal docente.

Finalmente, la iniciativa incluye una disposición transitoria que establece un plazo máximo de doce meses para que la Autoridad Educativa Nacional actualice los lineamientos pedagógicos, los instrumentos técnicos y los programas de formación vinculados con educación emocional, acompañamiento psicoemocional, prevención de la violencia y bienestar docente, así como para la ejecución de procesos de capacitación obligatoria dirigidos al personal docente y a los profesionales de los Departamentos de Consejería Estudiantil.

MEV

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