Han pasado tres años desde que la Corte Constitucional (CC) ordenó a la Asamblea Nacional regular la remuneración mensual de las pasantías tras acoger una demanda de inconstitucionalidad. Aunque el fallo concedía un plazo de dos años para cumplir con la disposición, el Legislativo aún no ha aprobado la normativa correspondiente.

La reforma aplicada al artículo 7 de la ley orgánica para la promoción del trabajo juvenil, regulación excepcional de la jornada de trabajo, cesantía y seguro de desempleo fue declarada inconstitucional, pues esta señalaba que el patrono solo cancelará al pasante un tercio del salario básico unificado; pero estaba obligado a afiliar al pasante al IESS sobre el salario básico. Cuando el texto derogado determinaba que el pasante tendría una remuneración no inferior al salario mínimo sectorial.

Fuente: El Universo