Una semana clave se vivirá en la Corte Constitucional (CC), que ha convocado en estos días a audiencias de estrados para escuchar los argumentos de los representantes de sectores sociales y políticos que demandaron la inconstitucionalidad de tres leyes impulsadas por el oficialismo: la de Solidaridad Nacional, la de Integridad Pública y la de Inteligencia.

La CC admitió a trámite estas impugnaciones y decidió suspender la vigencia de 17 artículos de aquellas hasta tomar una decisión definitiva. Esto le ha generado roces políticos con el presidente Daniel Noboa, que hasta protagonizó una marcha en la que les recriminó por no colaborar con el país en el combate a la delincuencia.

Para este lunes, 25 de agosto del 2025, el juez constitucional Alí Lozada citó a los demandantes de la Ley de Solidaridad Nacional, quienes en su mayoría objetan los artículos relacionados con el conflicto armado interno, el indulto presidencial con efecto diferido, la identificación de objetivos militares, entre otros, así como el principio de unidad de materia que debe cumplir la norma.

Para el miércoles 27, en cambio, el juez José Luis Terán convocó a los demandantes de la Ley de Integridad Pública, entre ellos, organizaciones sindicales como la Unión Nacional de Educadores (UNE), el Frente Unitario de Trabajadores (FUT), el Movimiento Unidad Popular (UP), el Colegio de Abogados de Pichincha, la Federación Médica Ecuatoriana, las asociaciones de empleados municipales y más.

Los accionantes demandan artículos de esta ley que reforman más de 20 cuerpos legales relacionados con la evaluación de servidores públicos, la estabilidad laboral, la compra centralizada de medicamentos, la declaratoria de emergencia en el sistema judicial, entre otros.

Y, finalmente, la magistrada Alejandra Cárdenas citó a los demandantes de la Ley de Inteligencia para el próximo lunes, 1 de septiembre del 2025, a la audiencia pública. Sindicatos, organizaciones populares y de derechos humanos cuestionan la facultad del Centro Nacional de Inteligencia (CNI) para ejecutar operaciones de inteligencia y contrainteligencia, así como la capacidad para solicitar acceso a la información a entidades públicas y privadas, como a las telefónicas, y más artículos.

En total, las tres leyes suman 33 demandas de inconstitucionalidad admitidas a trámite por las salas de la Corte, de un total de 45 presentadas desde el 13 de junio hasta el 21 de agosto.

Las demandas admitidas que se tramitan en la CC se desglosan así:

  • Ley de Integridad Pública: 26 demandas
  • Ley de Solidaridad Nacional: 5 demandas
  • Ley de Inteligencia: 2 demandas

Es decir que la de Integridad es la más objetada de ese grupo.

Al igual que aquella, en los últimos diez años, varias normas aprobadas en la Asamblea Nacional han recibido un importante número de demandas de inconstitucionalidad.

Está, por ejemplo, la Ley Orgánica de Apoyo Humanitario para combatir la crisis sanitaria derivada del COVID-19, que fue enviada por el expresidente Lenín Moreno con el carácter de urgente en materia económica, y entró en vigor en junio del 2020.

La Corte admitió a trámite 25 demandas de inconstitucionalidad de diferentes grupos sociales y económicos, en las que se objetaban temas como la contratación por horas; la reducción emergente de la jornada laboral y, por ende, del salario de los trabajadores; la imputación a las vacaciones del tiempo de paralización de labores; la aplicación del teletrabajo, y otras.

En febrero pasado, el organismo declaró la inconstitucionalidad parcial de la norma y dispuso que la Asamblea realice las reformas necesarias.

Otro caso es la Ley Orgánica que Regula la Interrupción Voluntaria del Embarazo para Niñas, Adolescentes y Mujeres en casos de violación.

Dicha norma surgió tras el dictamen de la CC que declaró la inconstitucionalidad del artículo 150 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) que penalizaba el aborto en casos de violación, con excepción de aquella ocurrida a una mujer con incapacidad mental. Además dispuso que la Defensoría del Pueblo elabore un proyecto de ley para regular el proceso que sea probado por el Parlamento.

Cuando esto finalmente se concretó, el entonces presidente Guillermo Lasso la vetó parcialmente y cambió casi toda la redacción. Entró en vigencia en abril del 2022.

La Corte admitió a trámite once demandas de inconstitucionalidad relacionadas, principalmente, con los requisitos para dar paso al aborto. Y suspendió temporalmente la vigencia de varios artículos. Todavía no ha emitido una sentencia definitiva.

También está el Decreto Ley Orgánica para el Desarrollo Económico y Sostenibilidad Fiscal tras la pandemia del COVID-19, emitido por Lasso bajo esa figura una vez que la Asamblea no se pronunció expresamente por la aprobación o archivo de la norma.

La CC admitió a trámite once demandas relacionadas con el esquema tributario que se planteaba en este, como los cambios en el pago y en las deducciones del impuesto a la renta, los impuestos para los negocios populares; y el cobro de contribuciones especiales de parte de las empresas que tuvieron ganancias en la pandemia.

El organismo de control constitucional declaró la inconstitucionalidad de algunos de sus artículos.

En tanto que para el Decreto-Ley de Fomento Ambiental se aceptaron a trámite once demandas.

La norma fue impulsada en el gobierno de Rafael Correa y entró en vigencia en noviembre de 2011, por el ministerio de la ley. Subió del 2 % al 5 % la tarifa del impuesto a la salida de divisas (ISD), redujo las utilidades de los sectores petrolero y minero, creó el impuesto a la contaminación vehicular o “impuesto verde” (eliminado en 2019), fijó el impuesto único a la renta de hasta el 2 % al sector del banano, creó el impuesto a las botellas plásticas no retornables, entre otros.

La CC declaró su inconstitucionalidad en enero del 2022 y dispuso que la Asamblea emitiera normativa para cubrir la descompensación fiscal.

Asimismo, grupos sindicales y económicos impugnaron la Ley Orgánica para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar, aprobada por la Asamblea en el gobierno de Correa en el 2015.

Tres años más tarde se admitieron a trámite seis demandas, referidas principalmente al techo para las utilidades de las empresas y la eliminación de la obligación de que el Estado cubra el 40 % de las pensiones del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS).

La CC las aceptó y declaró la inconstitucionalidad de la norma, se echó abajo el tope ya citado y se restableció la obligación del pago al IESS.

Otro ejemplo son las diez demandas de inconstitucionalidad aceptadas en contra de las enmiendas constitucionales realizadas por la Asamblea Nacional de mayoría correísta en el 2015.

Estas se referían a la reelección presidencial indefinida, la edad para ser candidato a la Presidencia, el plazo para conformar las regiones autónomas, el rol de las Fuerzas Armadas, límites a las consultas populares y otras.

La CC también las declaró inconstitucionales el 2 de agosto del 2018. (I)

Fuente:El Universo