Aduana detecta incumplimientos y abusos de régimen especial en construcción de fábrica de cerámicas

El Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (SENAE) detectó irregularidades en las importaciones de mercancías destinadas a la instalación de una fábrica de cerámica, tras un proceso de control y seguimiento que determinó la desnaturalización de un régimen especial que permite suspender el pago de tributos.

Entre julio de 2025 y marzo de 2026, una empresa de capital extranjero fragmentó los componentes de una fábrica de cerámicas mediante el Régimen 21, destinado a mercancías sujetas a procesos de transformación. SENAE negó en tres ocasiones las solicitudes al determinar que no cumplían con los requisitos establecidos en la normativa.

El seguimiento posterior permitió identificar que los componentes de la fábrica, considerados como una unidad funcional, fueron fragmentados en las operaciones de importación, lo que aparentemente buscaba evitar que fueran identificados de manera integral. A esto se sumaron inconsistencias en la documentación: faltaban respaldos para demostrar la trazabilidad e individualización técnica de los bienes y se identificaron facturas utilizadas para justificar mercancías diferentes. Las aclaraciones solicitadas al importador no fueron presentadas en los términos requeridos.

Inspección en territorio

Como parte del procedimiento, Aduana intervino las instalaciones con apoyo de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas. En el lugar se aprehendieron mercancías que no contaban con facturas ni documentos que acreditaran su ingreso legal al país.

También se encontraron más de 50 ciudadanos extranjeros que presuntamente participaban en el montaje de la planta. SENAE puso esta información en conocimiento de las autoridades migratorias y laborales para las verificaciones correspondientes.

La planta está ubicada en el recinto Pacho Negro, cantón La Troncal, en un terreno de aproximadamente 60 hectáreas destinado a actividades agrícolas y sin autorización para uso industrial. Actualmente, las instalaciones permanecen clausuradas por la autoridad competente y la empresa mantiene suspendido su Registro Único de Contribuyentes (RUC).

58 declaraciones deberán concluir con reexportación o destrucción de las mercancías

Tras el procedimiento y respetando el debido proceso, SENAE dispuso la culminación del Régimen 21 para las mercancías amparadas en 58 declaraciones. Conforme a la normativa aduanera, estas deberán ser reexportadas o destruidas.

La decisión atravesó las etapas de apelación correspondientes. Estás incluyeron una solicitud del importador de nacionalización de las mercancías; sin embargo, SENAE determinó que este mecanismo no puede utilizarse para convalidar un régimen cuya desnaturalización ya fue verificada.

Los regímenes especiales constituyen herramientas para facilitar la producción y el comercio exterior bajo condiciones establecidas en la ley. Su aplicación exige el cumplimiento de las obligaciones y controles correspondientes.

El Gobierno Nacional, a través del SENAE, fortalece el control aduanero para facilitar el comercio legal y actuar frente al uso indebido de estos beneficios, protegiendo la competencia justa, la industria responsable y el trabajo formal.

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