Caso Sinohydro: la estrategia de Lenín Moreno y otros condenados para impugnar la sentencia

Apelar la sentencia con la que se negó el recurso de suspensión condicional de la pena será el paso que deberán seguir las defensas del exvicepresidente Lenín Moreno, su esposa, su hija, dos de sus hermanos, su cuñada y seis sentenciados más por el delito de cohecho dentro del caso Sinohydro.

La tarde de este martes, 22 de septiembre, el Tribunal de Juicio de la Corte Nacional de Justicia (CNJ), integrado por Manuel Cabrera (ponente), Daniella Camacho y Julio Inga, dio a conocer su resolución en la que, por unanimidad, negó los doce recursos planteados. Para la negativa, el tribunal explicó que el delito de cohecho, por el que fueron condenados como autores directos y cómplices los solicitantes, no aplica para este beneficio debido a una reforma de 2021.

El artículo 630 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) vigente aclara que no procederá la suspensión condicional de la pena en delitos como el cohecho. Esto se debe a la reforma en materia anticorrupción, parte de la Ley Orgánica Reformatoria al COIP, publicada en el Registro Oficial, segundo suplemento, número 392, del 17 de febrero de 2021.

La base de la negativa a la suspensión condicional de la pena
El artículo 630 del COIP de antes de la reforma señalaba en el numeral cuatro que la suspensión condicional de la pena no procederá en los casos de delitos contra la integridad sexual y reproductiva, violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar.

Mientras tanto, el artículo 630 vigente luego de la reforma de febrero de 2021 refiere en su primer numeral que no procederá la suspensión condicional de la pena en los casos de delitos contra la integridad sexual y reproductiva, violencia contra la mujer o miembros del núcleo familiar e incluye que tampoco procederá en figuras penales contra los recursos mineros, el ambiente o la seguridad pública ni en los delitos de obstrucción de la justicia, peculado, enriquecimiento ilícito, cohecho, concusión, tráfico de influencias, oferta de tráfico de influencias, testaferrismo, sobreprecios en contratación pública, ingreso de artículos prohibidos a centros de privación de libertad y actos de corrupción en el sector privado.

La respuesta de Lenín Moreno:
Lenín Moreno califica la sentencia que lo condenó en calidad de autor directo a cinco años de cárcel como sui géneris, pues en ella, afirma, se reconoce que él no tomó un solo centavo, pero a la vez se indica que ha participado en el esquema de corrupción.

“Yo creo que esto viene de bastante más allá. He manifestado permanentemente que el correísmo dejó quintacolumnistas enquistados en las instituciones del Estado y, por supuesto, en la Fiscalía también. Es por eso que todas las acusaciones que ha hecho el criminal Ronny Aleaga han sido acogidas. ¿Qué extraño, verdad? Y por esto estoy sentenciado a cinco años sin haber tomado un solo centavo. Únicamente porque Rafael Correa le ordenó a Ronny Aleaga hacerme la acusación en el 2019 y eso ha seguido su curso de manera miserable. Yo creo identificar a todas aquellas personas que están detrás de esto y, en su debido momento, lo manifestaré y con pruebas”, anotó el exvicepresidente Moreno.

David Meza, abogado de Moreno, de su esposa, Rocío González, y de Irina Moreno, hija del exmandatario, adelantó que, una vez que sean notificados de la sentencia por escrito de la negativa a la suspensión condicional de la pena, presentará las apelaciones respectivas contra la decisión.

Más allá de que les queda la apelación a esta negativa, Meza, así como otros abogados de los procesados, también evalúa apelar el fondo de la decisión que condenó a sus clientes como autor, a cinco años de cárcel, y como cómplices, a dos años y seis meses de prisión. Lo que se espera es que los jueces Cabrera, Camacho e Inga notifiquen por escrito la decisión contra los 20 procesados, dada a conocer oralmente entre el 28 y el 29 de agosto, luego de 31 días de audiencia de juicio y más de un mes y medio de deliberación.

Las condenas para los 20 procesados por cohecho:
Como autores directos del delito de cohecho fueron condenados a cinco años de cárcel el exvicepresidente Moreno; el empresario Conto Patiño, su amigo personal; el exembajador de China en Ecuador Cai Runguo; y los ciudadanos chinos Yan Huiju, exapoderado general y exrepresentante de Sinohydro Corporation en Ecuador, y Song Dongsheng, como exrepresentante legal de Sinohydro.

Los ecuatorianos Luciano Cepeda, exgerente técnico y exgerente general de CocaSinclair EP, y Henry Galarza, exgerente general de CocaSinclair EP, también fueron ubicados como autores directos del delito de cohecho, pero recibieron una pena reducida de tres años de privación de libertad.

Lenín Moreno, su esposa, Rocío González, el abogado Eduardo Carmigniani, el empresario Conto Patiño y el exembajador chino Cai Runguo son algunos de los acusados en el caso Sinohydro.
En cambio, como cómplices, fueron condenados a dos años y seis meses de prisión la esposa, la hija, dos hermanos y una cuñada de Lenín Moreno. Además de esa lista, son parte personas del entorno cercano a Conto Patiño: sus hijos Juan Carlos, Patricia, Manuel y María Auxiliadora Patiño y su yerno Xavier Macías, así como los abogados en libre ejercicio Eduardo Carmigniani y Carlos Almeida.

María Augusta Baquero, esposa del coprocesado Luciano Cepeda, pese a ser ubicada como cómplice, recibió una pena menor que la del resto, es decir, un año y seis meses de cárcel.

El fiscal general encargado, Carlos Alarcón, aseguró haber demostrado en esta causa la existencia de una estructura de pagos indebidos, entregados a modo de coima por la empresa pública china Sinohydro, vinculada a la adjudicación y la ejecución del proyecto hidroeléctrico Coca Codo Sinclair.

La estructura delictiva investigada en Sinohydro se presume que movilizó cerca de $ 76,1 millones en pagos indebidos, monto equivalente al 4 % del valor del contrato para la construcción del proyecto hidroeléctrico Coca Codo Sinclair. A decir de la Fiscalía, los recursos entregados a modo de coima habrían sido canalizados a través de empresas, intermediarios, transferencias bancarias y supuestos servicios de consultoría y representación.

Fuente: El Universo

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