El fiscal federal Carlos Stornelli amplió la acusación contra empresas que realizan exploraciones de hidrocarburos en las cercanías de las Islas Malvinas sin contar con la autorización del Estado argentino. Las nuevas imputadas son Rockhopper Exploration PLC, sus subsidiarias Rockhopper Exploration (Oil) Limited y Rockhopper Exploration (Hydrocarbons) Limited, así como Navitas Petroleum Development and Production Limited. Estas compañías se suman a Desire Petroleum Limited, que ya había sido señalada al inicio de la causa.
Además, el fiscal solicitó que se envíen exhortos al Reino Unido y a Israel para conocer la composición accionaria de las firmas y detectar posibles vínculos comerciales con intereses británicos.
La investigación comenzó a raíz de una denuncia presentada por el canciller Pablo Quirno contra las petroleras, las sociedades vinculadas y las personas físicas que hubieran actuado en su nombre. El caso está radicado en el Juzgado Federal N° 11, que actualmente es subrogado por Ariel Lijo.
Medidas de prueba
Stornelli busca determinar si las actividades hidrocarburíferas realizadas sin permiso argentino en la plataforma continental próxima a las Malvinas podrían configurar, además, delitos ambientales, infracciones aduaneras y lavado de activos.

Los antecedentes administrativos se remontan a mayo de 2012, cuando la Secretaría de Energía emitió la Resolución 130, que declaró ilegales las actividades atribuidas a Desire Petroleum en la plataforma continental.
Un año después, la Resolución 457/2013 inhabilitó a la compañía por 20 años para operar en el país, al considerar que utilizaba una licencia otorgada por autoridades británicas.
La hipótesis de la fiscalía sostiene que, a pesar de esas resoluciones y de cambios posteriores en su estructura societaria, la empresa continuó sirviéndose de esos permisos de exploración y explotación en la zona.
En el requerimiento, el fiscal planteó:
“las conductas denunciadas podrían resultar constitutivas, prima facie, de los delitos reprimidos y contemplados en el artículo 7, incs. 1 y 2 y bajo las circunstancias contempladas en los arts. 8 y 9, de la Ley 26.659”.
Dicha norma establece sanciones para la exploración o explotación petrolera no autorizada por la Argentina en su mar territorial o plataforma continental, incluidas las áreas cercanas a Malvinas. Las penas van de cinco a diez años de prisión, multas equivalentes a entre 20.000 y 100.000 barriles de crudo WTI e inhabilitación comercial por el doble del plazo de la condena.
Para quienes realicen, sin autorización argentina, la extracción de hidrocarburos, o su transporte o almacenamiento desde yacimientos ubicados en esas áreas marítimas, la pena prevista es de 10 a 15 años de prisión, además de una multa equivalente a entre 150.000 y 1.500.000 barriles de crudo WTI e inhabilitación comercial por el doble del plazo de la condena.

De acuerdo con la Ley 26.659, las penas de prisión pueden alcanzar a directores, gerentes, administradores, representantes o autorizados que hayan intervenido cuando el hecho se hubiera cometido en nombre, con ayuda o en beneficio de una persona jurídica.
El fiscal tampoco descarta “la eventual configuración de otros tipos penales tales como delitos contra el medio ambiente (Ley 24.051), posibles infracciones aduaneras como así el posible lavado de activos procedentes de las actividades denunciadas, entre otros probables”.
La causa se enmarca en las medidas anunciadas por el presidente Javier Milei durante una cadena nacional el 3 de septiembre, cuando anticipó acciones diplomáticas, económicas, judiciales y legales relacionadas con la cuestión Malvinas y las operaciones hidrocarburíferas en la zona.
Por su parte, el Reino Unido ratificó el viernes su política comercial en las Malvinas y calificó de “inaceptables” las sanciones a las empresas impulsadas por Argentina.
Fuente: Infobae