Daniel Noboa renueva el Comité Estratégico de Promoción y Atracción de Inversiones

El Decreto Ejecutivo 489, firmado por el presidente Daniel Noboa este 1 de septiembre de 2026, reforma el Reglamento General de la Ley Orgánica de Eficiencia Económica y Generación de Empleo y modifica la conformación del Comité Estratégico de Promoción y Atracción de Inversiones (Cepai).

La reforma responde, según el decreto, a los procesos de fusión de varias entidades de la Función Ejecutiva.

Con el cambio, el Cepai estará conformado por cinco miembros principales.

El comité será presidido por el titular del Ministerio de Desarrollo Económico y Productivo, o su delegado permanente, quien además tendrá voto dirimente y representará al presidente de la República.

Los otros cuatro integrantes serán:

El titular del Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana o su delegado permanente.
El titular de la Secretaría General de la Administración Pública, Planificación y Gabinete o su delegado permanente.
El titular del Servicio de Rentas Internas (SRI) o su delegado permanente.
El titular del Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae) o su delegado permanente.
Los delegados permanentes deberán pertenecer a la misma institución que representan y ocupar el cargo de viceministro o un rango equivalente, de acuerdo con la estructura de cada entidad.

El decreto establece una condición específica para la participación del presidente de la República. Si el primer mandatario decide participar en una sesión del comité, será él quien presida esta instancia y tendrá voto dirimente.

En esas circunstancias, el titular del Ministerio de Desarrollo Económico y Productivo dejará de ejercer la presidencia y participará como un integrante más, con voz y voto.

La reforma también establece que los ministerios o entidades rectoras de las materias relacionadas con una inversión podrán participar en el pleno del Cepai con voz y voto cuando se analicen proyectos que correspondan a sus respectivas competencias.

El presidente del Cepai podrá invitar a representantes de otros ministerios, secretarías de Estado o entidades públicas cuando considere que su participación es pertinente por la materia o relevancia de los temas que se analizarán.

Estos funcionarios tendrán voz, pero no voto.

La reforma dispone que el Ministerio de Desarrollo Económico y Productivo, que presidirá el comité, deberá incorporar en su estructura organizacional por procesos una unidad administrativa que permita cumplir las competencias asignadas al Cepai dentro del reglamento.

El decreto precisa que esta adecuación no deberá implicar una demanda de recursos fiscales adicionales.

El Decreto Ejecutivo 489 entrará en vigencia desde su publicación en el Registro Oficial.

Fuente: El Universo

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