CIDH exhorta al Estado ecuatoriano a garantizar la “participación política plural e igualitaria” en las elecciones seccionales de noviembre

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) emitió un llamado al Estado ecuatoriano para que garantice condiciones de participación política plural e igualitaria en las elecciones seccionales adelantadas convocadas para el próximo 29 de noviembre de 2026.

El organismo internacional demandó que cualquier decisión administrativa o jurisdiccional con impacto en la contienda se adopte bajo plenas garantías de debido proceso, motivación suficiente y acceso a recursos judiciales efectivos.

El origen: adelanto electoral por El Niño

Los comicios seccionales -donde se elegirán prefecturas, alcaldías, concejalías, juntas parroquiales y las consejerías del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs)- estaban programados originalmente para febrero de 2027.

Sin embargo, el Consejo Nacional Electoral (CNE) adelantó la fecha al 29 de noviembre de 2026 basándose en un informe de riesgos por posibles afectaciones asociadas al fenómeno de El Niño.

Este cambio de calendario acortó los tiempos para elecciones internas (primarias), la inscripción de candidaturas y la campaña electoral, desatando una honda preocupación entre los partidos sobre su capacidad para competir de manera equitativa.

Aunque diversas organizaciones políticas impugnaron el adelanto, la Corte Constitucional inadmitió las demandas por cuestiones formales el 11 de agosto de 2026, dejando en firme el calendario apresurado.

Proscripción y cancelación de partidos

La CIDH manifestó su preocupación ante el cúmulo de decisiones administrativas y judiciales que están limitando la participación de fuerzas políticas de oposición:

  • Suspensión de Revolución Ciudadana: el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) ordenó la suspensión provisional por nueve meses de este movimiento, tras una solicitud de la Fiscalía General del Estado por una investigación de lavado de activos. El Estado asegura que esto no representa una sentencia sobre el fondo del caso.
  • La inhabilitación de Amigo: el 17 de julio de 2026, el TCE suspendió también por nueve meses al movimiento Amigo, plataforma que Revolución Ciudadana pretendía usar como vehículo para inscribir y auspiciar sus candidaturas.
  • Cancelación de Unidad Popular y Construye: el CNE eliminó del registro de organizaciones a ambos movimientos por supuesto incumplimiento de firmas de afiliación. Posteriormente, el TCE dejó sin efecto la medida para Unidad Popular, mientras que el caso de Construye se mantiene en un trámite independiente.

Tanto el CNE como el TCE defendieron la legalidad de sus actos, alegando que las suspensiones de partidos no obedecen a criterios de oportunidad política. En ese contexto, la CIDH manifestó:

Pachakutik y Luisa González

A este cerco se suma la situación del movimiento indígena Pachakutik. La agrupación afronta una audiencia este miércoles 3 de septiembre en el TCE, donde arriesga la cancelación definitiva de su personería jurídica y la inhabilitación política de su coordinador Guillermo Churuchumbi (candidato a prefecto de Pichincha), por presuntas omisiones financieras en la campaña de la consulta popular de abril de 2024.

Paralelamente, la candidatura de Luisa González para la Prefectura de Manabí por Pachakutik fue rechazada por el CNE el 28 de agosto, debido a objeciones presentadas por las organizaciones oficialistas ADN y Creo. Dichas objeciones señalaron que González incumple el requisito de membresía activa de dos años que estipulaban los reglamentos internos de Pachakutik.

De igual modo, la Comisión expresó que, conforme al artículo 23 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, el Estado no solo debe garantizar la existencia de los derechos políticos, sino proveer “oportunidades” y medidas positivas para que los ciudadanos ejerzan el derecho al sufragio.

El organismo internacional concluyó exhortando a Ecuador a resolver todas las apelaciones pendientes con celeridad antes de que los efectos de las descalificaciones sean irreversibles, protegiendo así el derecho básico de los electores a elegir libremente entre una auténtica diversidad de alternativas democráticas.

Radio Pichincha

 

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