En este feriado del Primer Grito de la Independencia no se aplicará la reducción en la tarifa del impuesto al valor agregado (IVA) del 15 % al 8 % en las actividades turísticas.
El Ministerio de Turismo explica que para proceder con ese beneficio es necesario que se expida el reglamento general para la aplicación de la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de las Áreas Protegidas y esto se encuentra en elaboración dentro de los tiempos previstos.
El día festivo es el 10 de agosto, pero se traslada al lunes 11 de agosto.
Fuente: El Universo