El debate sobre un supuesto trato preferencial de la FIFA hacia el delantero estadounidense Folarin Balogun no es un hecho único en el mundo del fútbol. Un antecedente similar involucra a Cristiano Ronaldo, quien esta noche disputará en Dallas el partido ante la selección española. El caso del atacante portugués muestra cómo las normas disciplinarias pueden aplicarse de forma distinta según el jugador y el contexto del torneo.
El episodio que colocó a Cristiano Ronaldo en el ojo de la tormenta ocurrió el 13 de noviembre. Ese día, el futbolista fue expulsado tras golpear con el codo al irlandés O’Shea, una acción calificada como agresión según el reglamento de la FIFA. La sanción automática se cumplió en el encuentro siguiente, frente a Armenia, donde Ronaldo no pudo jugar debido a la tarjeta roja recibida días antes.
No obstante, el código disciplinario de la FIFA indica que en casos de agresión —como codazos, puñetazos, patadas, mordiscos, escupir o golpear a un adversario o a otra persona que no sea un oficial— la pena mínima debe ser de tres partidos o un periodo de tiempo adecuado. El reglamento añade de manera explícita que la sanción por conducta violenta es de al menos tres encuentros.

Esta no fue la primera vez en ese grupo clasificatorio para el Mundial en que se aplicaba dicha normativa. Un mes antes de la expulsión de Ronaldo, el 14 de octubre, durante el partido entre Irlanda y Armenia, el jugador armenio Tigran Barseghyan fue expulsado al inicio del segundo tiempo por dar un cabezazo al irlandés Finn Azaz. En esa ocasión, la Comisión de Disciplina de la FIFA actuó con rapidez y el 5 de noviembre sancionó al futbolista armenio con tres partidos de suspensión por mala conducta y conducta violenta, además de imponerle una multa de 5.000 euros. Esta medida se ajustó estrictamente al reglamento, obligando al jugador a perderse los siguientes compromisos de su selección.
La situación de Cristiano Ronaldo, en cambio, tuvo un desenlace distinto que generó polémica. El 25 de noviembre, la Comisión de Disciplina de la FIFA decidió de forma inesperada: aunque mantuvo el partido de suspensión ya cumplido por el portugués tras la expulsión, los otros dos encuentros reglamentarios quedaron en suspenso durante dos años, sujetos al comportamiento del jugador en ese periodo. Esta posibilidad está contemplada en el artículo 27 del Código Disciplinario de la FIFA, que permite la suspensión condicional de parte de la sanción si el jugador demuestra buena conducta posteriormente.
Cristiano habría estado ausente en los primeros partidos del Mundial
Esta resolución generó críticas porque, de haberse aplicado la sanción completa, Cristiano Ronaldo se habría perdido dos de los tres primeros partidos del Mundial, específicamente ante Congo y Uzbekistán. En el segundo de esos encuentros, el portugués anotó dos goles que contribuyeron a la goleada de su selección.
De haberse cumplido el castigo íntegro, su debut en esa Copa del Mundo habría sido ante Colombia, en el último partido de la fase de grupos, comprometiendo la presencia de una de las mayores estrellas del fútbol mundial en la competencia más importante. Además, existía la posibilidad de que, si Portugal no obtenía buenos resultados en esos dos primeros partidos, el duelo frente a Colombia pudiera haber sido el último de Cristiano Ronaldo con la camiseta de su país.
Finalmente, la decisión de la FIFA permitió que Cristiano Ronaldo disputara todos los partidos de la fase de grupos y ahora compite por un puesto en los cuartos de final frente a España. Si la sanción se hubiese aplicado según lo que marca la normativa, el partido de esta noche sería apenas el tercero que disputaría en el torneo, no el quinto. Este episodio ilustra cómo las decisiones disciplinarias pueden variar dependiendo de factores externos al reglamento, y aviva el debate sobre la uniformidad y el rigor en la aplicación de la justicia deportiva en eventos de máxima relevancia.
Fuente: Infobae