Ley penitenciaria aprobada en la Asamblea: esto cambia en funciones, sanciones y estructura en cárceles

Este martes, 28 de abril de 2026, parte de la Asamblea Nacional se allanó a la objeción parcial por inconveniencia presentada por el presidente Daniel Noboa al proyecto de Ley Orgánica Reformatoria para el Fortalecimiento del Sistema Penitenciario. Con 85 votos a favor, la normativa será enviada al Registro Oficial para su publicación y entrada en vigencia.

La nueva ley introduce reformas estructurales al sistema carcelario, enfocándose principalmente en el Cuerpo de Seguridad y Vigilancia Penitenciaria y en la incorporación de exmilitares y expolicías a las tareas de seguridad en los centros de privación de libertad.

¿De qué trata este proyecto?

La normativa modifica el Código Orgánico de Entidades de Seguridad Ciudadana y Orden Público (Coescop), definiendo al cuerpo de vigilancia como una entidad complementaria de seguridad de la Función Ejecutiva. Entre las veinte funciones asignadas a este cuerpo destacan:

  • Restablecer el orden en el interior de los centros de reclusión.
  • Ejecutar requisas y operativos de seguridad, utilizando tecnología de detección no invasiva en centros de máxima seguridad.
  • Impedir el ingreso de artículos prohibidos y garantizar la seguridad del personal y los visitantes.

Además, se otorgan 12 atribuciones específicas a la máxima autoridad de este cuerpo, quien será responsable de la dirección estratégico-operacional y de coordinar acciones con la Policía Nacional y la Fiscalía General del Estado para prevenir e investigar delitos dentro de las prisiones.

Régimen disciplinario y faltas

Un aspecto de la reforma es la clasificación estricta de las faltas disciplinarias para los guías penitenciarios, divididas en tres niveles:

  1. Faltas leves (8 tipos): incluyen descuidos en la presentación personal o no portar la identificación institucional.
  2. Faltas graves (14 tipos): comprenden la alteración de turnos de guardia sin autorización, el uso indebido del nombre de superiores para beneficio propio o la revelación de información confidencial de inteligencia penitenciaria.
  3. Faltas muy graves (33 tipos): entre las más severas se encuentran permitir el ingreso de personas u objetos prohibidos, incitar a la violencia entre los reclusos, inutilizar equipos de seguridad o mantener relaciones sexuales en el lugar de trabajo.

La ley estipula que la reincidencia en faltas leves o graves en un periodo de un año escalará automáticamente la gravedad de la sanción.

Reincorporación de exmilitares y expolicías

Asimismo, la ley facilita la reincorporación de servidores policiales y militares en servicio pasivo. Quienes decidan sumarse deberán aprobar un programa intensivo de formación y podrán ocupar cargos directivos o de supervisión.

Sin embargo, la normativa establece condiciones económicas para estos beneficiarios de pensiones de retiro. Quienes se reincorporen y perciban un sueldo bajo relación de dependencia dejarán de recibir el 40% del aporte del Estado en su pensión si el monto supera el valor de una canasta básica familiar. Se exceptúa de este descuento a quienes perciban jubilaciones de entre 1 y 1.5 canastas básicas, siempre que su nuevo sueldo no exceda una canasta básica.

Finalmente, la ley también plantea que los presos deberán trabajar para cubrir sus propias necesidades, reforzando el enfoque de sostenibilidad y rehabilitación del sistema.

Radio Pichincha

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