Gobierno oficializa toque de queda en nueve provincias: solo salud y fuerza pública podrán circular

El Presidente Daniel Noboa oficializó, mediante el Decreto Ejecutivo No. 370 firmado este 28 de abril de 2026, la implementación del nuevo toque de queda nocturno. La medida, que, según el Ejecutivo, busca frenar la escalada de violencia y las operaciones de grupos de delincuencia organizada, entrará en vigor desde las 00:00 del 3 de mayo hasta el 18 de mayo de 2026.

Alcance y horarios

La restricción de la libertad de tránsito se aplicará diariamente en la franja horaria de 23:00 a 05:00. El ámbito de aplicación abarca nueve provincias:

  • Guayas
  • Manabí
  • Santa Elena
  • Los Ríos
  • El Oro
  • Pichincha
  • Esmeraldas
  • Santo Domingo de los Tsáchilas
  • Sucumbíos.

Adicionalmente, se incluyen cuatro cantones específicos: La Maná (Cotopaxi), Las Naves y Echeandía (Bolívar), y La Troncal (Cañar).

Salud y fuerza pública: las excepciones

A diferencia de procesos anteriores, el Decreto 370 establece un régimen de excepciones sumamente limitado para garantizar la operatividad de la fuerza pública. Los únicos sectores autorizados para circular durante el toque de queda son:

  • Servicios de salud: tanto de la red pública integral como de la red privada complementaria.
  • Fuerza Pública y emergencias: miembros de las Fuerzas Armadas, Policía Nacional, entidades de seguridad complementarias y servicios de gestión de riesgos o atención de desastres.

El documento oficial enfatiza que la verificación de estas excepciones será efectuada de forma racional y proporcional por los agentes de control, priorizando casos de extrema necesidad o emergencia.

Cabe destacar que, pese a las solicitudes del sector productivo, el gobierno decidió no ampliar las excepciones para evitar la dispersión de recursos policiales y mantener el enfoque en los objetivos de seguridad.

Justificación

La medida, según el decreto, se fundamenta en un análisis de inteligencia que revela que el 84,97% de los incidentes de seguridad en las zonas críticas ocurren precisamente entre las 23h00 y las 03h59. Según el documento, las organizaciones criminales aprovechan la oscuridad y la baja circulación para ejecutar sicariatos, movilizar armamento y realizar logística delictiva.

Además de la limitación de tránsito, el estado de excepción vigente permite a las autoridades la suspensión de los derechos a la inviolabilidad de domicilio y de correspondencia. Esto faculta a la fuerza pública a realizar allanamientos inmediatos cuando existan indicios de que en un inmueble se ocultan integrantes de grupos armados organizados o se almacenan armas y sustancias ilícitas.

Radio Pichincha

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