El Consejo Nacional Electoral (CNE) aprobó este lunes 27 de abril de 2026 una reforma al reglamento que permite a las mujeres embarazadas y madres lactantes justificar su inasistencia a los procesos electorales sin enfrentar sanciones económicas. Esta medida entrará en vigor para las próximas elecciones seccionales, reprogramadas para el 29 de noviembre de 2026.
Nuevas causales de justificación
La reforma establece que las mujeres que se encuentren en el tercer trimestre de embarazo (desde el sexto mes) o dentro del primer año de lactancia podrán exonerarse de multas por tres motivos específicos:
- Inasistencia a votar en el día de los comicios.
- Falta a las actividades de capacitación obligatoria.
- No integración de las Juntas Receptoras del Voto (JRV).
Hasta antes de este cambio, la normativa solo contemplaba excusas por motivos de salud con certificado médico, calamidad doméstica grave, ausencia del país, voto facultativo o impedimentos legales.
Requisitos y documentación
Para hacer efectiva la liberación de las multas, las beneficiarias deberán presentar documentos que respalden su situación:
- En caso de embarazo: un certificado médico emitido por un profesional del Sistema Nacional de Salud público o privado.
- En periodo de lactancia: el certificado de nacimiento del hijo o hija.
Esta modificación reglamentaria no es discrecional, sino que responde al cumplimiento obligatorio de una sentencia emitida por el Tribunal Contencioso Electoral (TCE) el pasado 25 de marzo de 2026. Con esta resolución, el CNE pretende garantizar que las condiciones biológicas y de cuidado de la maternidad no se conviertan en una carga administrativa o financiera para las ciudadanas.
Es importante recordar que el calendario electoral sufrió modificaciones recientes. Originalmente previstas para febrero de 2027, las elecciones seccionales para elegir alcaldes y prefectos se adelantaron al 29 de noviembre de 2026 para evitar posibles complicaciones logísticas derivadas del fenómeno de El Niño.
- Radio Pichincha