La reforma minera y la ley sobre el gasto de los GAD suman 34 demandas de inconstitucionalidad

Los proyectos legales clave del presidente Daniel Noboa, la mayoría en materia económica urgente, superaron ya las 100 demandas de inconstitucionalidad. Solamente los dos últimos suman 34 quejas en su contra y pasan a la lista de las normativas clave que esperan un dictamen de la Corte Constitucional (CC).

Se trata de la Ley de Sostenibilidad y Eficiencia del Gasto de los Gobiernos Autónomos Descentralizados (GAD) y la Ley de Fortalecimiento de los Sectores Estratégicos de Minería y Energía. La primera cuenta ya con 23 demandas, desde su publicación en el Registro Oficial, el 21 de febrero de 2026, y la segunda acumula 11 acciones en su contra, desde su entrada en vigencia, el 2 de marzo.

En total el Mandatario ha logrado aprobar siete proyectos económicos urgentes y uno ordinario de vital importancia para su proyecto, gracias a su bancada de Acción Democrática Nacional (ADN) en la Asamblea. El oficialismo ha dado trámite exprés a todas las iniciativas del Ejecutivo pese a las críticas sobre la forma en que se tramitaron o por su contenido.

Los otros grupos políticos, sociales y económicos ven a la Corte Constitucional como la última posibilidad de frenar las medidas del Ejecutivo que consideran inconstitucionales. Así como ocurrió en septiembre de 2025.

Aunque tomó tiempo, los jueces constitucionales frenaron las cuestionadas leyes de Solidaridad Nacional e Integridad Pública, que sumaron 37 demandas. Inicialmente ordenaron medidas cautelares a varios artículos y, finalmente, las dieron de baja por haber sido aprobadas incumpliendo la Ley Legislativa y la Constitución.

Ese mismo es el escenario al que aspiran las decenas de demandantes que siguen llegando hasta la Corte para exigir un pronunciamiento frente a las seis leyes que permanecen vigentes. La mayoría acusa a la Asamblea de haber incurrido en inconstitucionalidades de forma y fondo.

La polémica de las últimas leyes
La Ley Reformatoria al Código de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (Cootad) para la Sostenibilidad y Eficiencia del Gasto de los Gobiernos Autónomos Descentralizados, más conocida como Ley de los GAD, cambia un artículo clave relacionado con las transferencias del Gobierno Central a los gobiernos seccionales (prefecturas, municipios, parroquias).

La nueva ley establece como regla para la entrega de recursos la obligación de los GAD de asignar ‘al menos’ el 70% del presupuesto anual a gasto de inversión, mantenimiento y reposición de infraestructura, bienes y activos públicos para la prestación de servicios básicos’.

La reforma se produjo a 15 años de aprobado el Cootad, en agosto del 2010. Este documento ya contemplaba reglas porcentuales para el uso de los recursos por parte de los GAD, esto es el 30% para gastos permanentes (administrativos, salarios) y el 70% para gastos no permanentes relacionados con sus competencias (inversión, obras públicas, mantenimiento, servicios básicos).

No obstante, la nueva Ley condiciona la entrega de las asignaciones gubernamentales a este cumplimiento y obliga a que los GAD presenten un reporte trimestral de sus gastos. En caso de incumplimiento establece que el Gobierno aplicará las reducciones económicas señaladas en la Constitución.

Los sectores que se oponen a la normativa sostienen que, además de los vicios de forma en su tratamiento, la Ley de los GAD provocará un recorte en las asignaciones presupuestarias en los gobiernos locales, lo que impactaría directamente a la política social de municipios y prefecturas.

Mientras que la Ley para el fortalecimiento de los sectores estratégicos de Minería y Energía, según el oficialismo, busca reforzar la rectoría del Estado, precisar competencias institucionales y regular los actos administrativos previos a la actividad minera, como la licencia ambiental. La norma ahora habla de autorizaciones ambientales, que se entregarán según el grado de riesgo de la actividad.

Además, pretende actualizar el régimen de patentes de conservación y etapas de exploración y explotación, e incorporar un nuevo capítulo sobre fomento y promoción de la inversión, grupos mineros y áreas con protección de seguridad estratégica.

La reforma permite la extracción de materiales de construcción en el Archipiélago, pero fuera del Parque Nacional Galápagos, algo criticado por grupos ambientalistas.

Por otra parte, en el ámbito energético, la normativa incorpora cambios a la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica en temas de generación distribuida, autoabastecimiento y distritos autónomos energéticos. Así como establece la participación excepcional de empresas privadas, estatales extranjeras y de la economía popular y solidaria.

Varias organizaciones ambientalistas han planteado críticas por la reducción de permisos o la militarización de zonas mineras, así como consideran que el proyecto no se debatió lo suficiente.

Los otros dictámenes pendientes
A la lista se suman las otras 30 demandas ciudadanas contra cuatro polémicas leyes del oficialismo: Inteligencia, Áreas Protegidas, Transparencia Social y Sostenibilidad Crediticia.

Los cuatro cuestionamientos a la primera normativa llegaron en julio de 2025, después de su entrada en vigencia. Los demandantes acusan al Gobierno de promover la falta de transparencia en el manejo de la inteligencia estatal, incompatibilidad con las libertades civiles e incluso de chocar directamente con la Constitución.

La Ley de Áreas Protegidas establece «medidas económicas emergentes para garantizar el fortalecimiento y la sostenibilidad financiera del Sistema Nacional de Áreas Protegidas», reforma otros seis cuerpos legales y junto con su reglamento permite la intervención militar y policial en esas zonas. Las cuatro demandas en su contra esperan desde julio de 2025.

Mientras que las leyes de Transparencia Social o Fundaciones y la de Fortalecimiento y Sostenibilidad Crediticia esperan que los jueces se pronuncien desde septiembre y octubre de 2025, respectivamente.

La primera establece un marco jurídico para la prevención, detección y control de flujos irregulares de capitales por parte de personas naturales y jurídicas, con especial énfasis en las organizaciones sociales sin fines de lucro.

Tras su aprobación, la norma generó preocupación en distintos sectores, incluidas organizaciones no gubernamentales. En la Asamblea Nacional, sectores de oposición sostuvieron que el Gobierno busca criminalizar a estas entidades.

Y la segunda faculta al Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess) para vender su cartera vencida, es decir, créditos hipotecarios, quirografarios o prendarios que no han sido pagados a tiempo por afiliados o jubilados. Además, el Biess puede endeudarse poniendo su portafolio o parte de este como garantía.

La norma también introduce reformas a la Ley de Seguridad Social para modificar el sistema de designación y remoción de autoridades del IESS, como el director general, el subdirector general, los miembros de la Comisión Nacional de Apelaciones, el director actuarial y el auditor interno, entre otros cargos.

Entre los argumentos expuestos en su contra, los demandantes señalan que la venta de la cartera vencida del Biess o el hecho de que este banco pueda endeudarse para obtener liquidez podría comprometer el patrimonio del sistema de seguridad social.

Fuente: Primicias

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