Demanda busca dar de baja tasa del 30 % a productos colombianos importados

Con una demanda de inconstitucionalidad se pretende dejar sin efecto a la tasa de seguridad, con la que el Gobierno aplica desde el 1 de febrero un recargo del 30 % a los productos colombianos que ingresan a Ecuador.

La demanda fue presentada por el economista Andrés Albuja, el pasado 31 de enero, y está en trámite en la Corte Constitucional (CC) en manos de la jueza Alejandra Cárdenas.

Albuja solicita que se declare la inconstitucionalidad por el fondo y por la forma de la resolución emitida por el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador (Senae), el 24 de enero, mediante la cual se creó la “Tasa por Servicio Aduanero por concepto de Control Aduanero a las Mercancías que ingresen desde Colombia”.

El accionante de la demanda alega que dicha resolución es contraria a la Constitución y a los tratados internacionales de integración.

Que se vulnera el principio de jerarquía normativa y el derecho de integración; genera riesgo a la soberanía económica y seguridad energética; y viola el principio de reserva de ley en materia tributaria.

A criterio de Albuja se impone una “tasa que actúa como un gravamen para-arancelario”, por lo cual la decisión del Senae contraviene el Acuerdo de Cartagena (instrumento que fija los objetivos de integración de la Comunidad Andina).

“La normativa andina es de aplicación directa y prevalente. Crear una tasa específica para productos colombianos constituye un “gravamen” prohibido por el Programa de Liberación de la CAN, exponiendo al Estado a sanciones por incumplimiento de tratados», argumenta.

Señala que Ecuador atraviesa un déficit energético crítico y depende de los convenios de importación de energía con Colombia.

Por otro lado, Albuja señala que, según la Constitución, solo se pueden crear, modificar o suprimir impuestos solo por iniciativa de la Función Ejecutiva a través de una ley que se tramité en la Asamblea Nacional.

“Aunque se denomine “tasa”, si su naturaleza no corresponde a una contraprestación efectiva y proporcional, es un tributo disfrazado creado por una autoridad administrativa sin competencia», observó.

El demandante solicitó a la Corte Constitucional medidas cautelares para suspender de manera provisional los efectos de la aplicación de la tasa -hasta que se resuelva el caso-, con el fin de evitar perjuicios al comercio exterior y la posible ruptura de acuerdos energéticos.

Planteó que se ordene al Senae que emita una resolución que deje sin efecto de manera permanente la tasa impugnada. Y que se disponga la devolución inmediata de los valores recaudados por ese cobro.

El Gobierno impuso la tasa como una respuesta frente a la falta de control y combate al crimen organizado en la frontera por parte de Colombia, de acuerdo con declaraciones del presidente Daniel Noboa y autoridades gubernamentales.

La situación desencadenó reacciones recíprocas en los dos países en materia arancelaria y energética, generando tensión entre los gobiernos.

Empresarios y transportistas de Ecuador y Colombia coinciden en sus pedidos para que las autoridades se sienten a conversar, alcancen consensos y retrocedan posiciones.

Fuente: El Universo

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