Al menos cinco temas sobre los que se han planteado cambios a la Constitución de Montecristi podrían ser considerados para un próximo referéndum en el caso de que el presidente de la República, Daniel Noboa, decida llevarlo a las urnas.
En la Corte Constitucional (CC) hay un paquete de cuatro preguntas de cambios constitucionales que envió Daniel Noboa, que están en trámite, y en el momento que haya un dictamen podrían ser retomadas para una eventual votación.
En septiembre pasado, el presidente remitió a la CC una lista de varias propuestas sobre las que esperaba un dictamen de viabilidad, pero finalmente se incorporaron en la papeleta electoral cuatro que se votaron el 16 de noviembre, aunque ninguna tuvo la aceptación popular.
Entre ellas, la propuesta de instalar una asamblea constituyente que redacte una nueva constitución.
Durante la campaña electoral para el reciente referéndum, la militancia del movimiento de gobierno, Acción Democrática Nacional (ADN), abanderó una constituyente para desaparecer de la estructura del Estado el Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (CPCCS).
La legisladora Inés Alarcón (ADN) llegó a calificar al Consejo de ser una “cloaca de corrupción, tráfico de influencias y lavado de dinero”, por lo que impulsaba su extinción.
Esta idea no prosperó, ya que según los resultados de los comicios del domingo, el 60 % de la población rechazó la propuesta de ir a una asamblea constituyente.
Una opción quedó abierta en la Corte Constitucional. El 9 de septiembre de 2025, el mandatario ingresó una propuesta de cuatro preguntas de enmienda, una de ellas para traspasar la atribución de elegir autoridades del Estado que tiene el CPCCS a la Asamblea Nacional.
“¿Está usted de acuerdo con eliminar la facultad de designar autoridades que tiene el CPCCS e implementar procesos públicos que garanticen la participación ciudadana, meritocracia y escrutinio público, de modo que sea la Asamblea Nacional la que designe a través de estos procesos a las autoridades que actualmente elige el CPCCS enmendando la Constitución de acuerdo con el anexo de la pregunta?”, detalla la iniciativa.

Para ejecutarla, se aplicaría el artículo 441 de la Constitución, sobre la enmienda constitucional, en la que se dispone que el proyecto se tramite en dos debates en la Asamblea Nacional.
“El segundo debate se realizará de modo impostergable en los 30 días siguientes al año de realizado el primero. La reforma solo se aprobará si obtiene el respaldo de las dos terceras partes de los miembros de la Asamblea Nacional”.
De haber un dictamen afirmativo por parte de los jueces, esta propuesta podría incluirse en los comicios seccionales de febrero de 2027, cuando se elegirán alcaldes, prefectos, vocales de juntas parroquiales e incluso a los siete miembros del CPCCS.
El Consejo de Participación Ciudadana, según una reciente encuesta de Click Research, tiene una desaprobación del 61,49 % de un total de 2.280 encuestados en tres provincias hasta octubre pasado.
En la actualidad tiene pendiente la elección de varias autoridades, como los titulares de la Fiscalía General, de la Defensoría del Pueblo; la renovación de cinco vocales del Consejo Nacional Electoral (CNE), de los cinco jueces del Tribunal Contencioso Electoral (TCE) y otros más.
En todo caso, la demanda que ingresó Noboa tiene otras tres interrogantes que están bajo el análisis de la jueza Karla Andrade Quevedo y son:
- ¿Está usted de acuerdo con crear un registro con aquellas personas con sentencia condenatoria ejecutoriada por el delito sexual de violación contra niñas, niños y adolescentes, con la finalidad exclusiva de prevenir su participación en actividades que los vinculen con niñas, niños y adolescentes, enmendando la Constitución conforme el anexo de la pregunta?
- ¿Está usted de acuerdo con que la Corte Constitucional solo pueda declarar la inconstitucionalidad de leyes presentadas por el presidente de la República, decretos de estado de excepción o propuestas de consulta popular de iniciativa presidencial, cuando al menos seis de sus nueve jueces estén de acuerdo, enmendando la Constitución conforme el anexo de la pregunta?
- ¿Está usted de acuerdo con juzgar y sancionar a las personas que cometan delitos de extorsión, robo y receptación, mediante procedimientos especiales y expeditos, enmendando la Constitución conforme el anexo de la pregunta?
Respecto del registro de personas con sentencia en firme por delitos sexuales, hubo un primer dictamen (del 4 de septiembre de 2025) en el que la CC negó una propuesta similar, porque entre otras razones, Noboa no aportó evidencia que demuestre que un registro evitaría el cometimiento de este tipo de delitos.
Por ello, el régimen volvió a enviar la pregunta, pero eliminó la idea de aplicar la castración química como sanción a los violadores y la delimitó a que se habilite un registro de delincuentes sexuales para evitar su desempeño laboral junto con menores de edad.
Una propuesta está lista para llevarse a las urnas
Adicionalmente, una iniciativa de democracia directa que está aprobada por la Corte es para modificar la Constitución con el fin de permitir la contratación de personal por horas en el sector turístico y dice:
- ¿Está usted de acuerdo con permitir la contratación laboral por horas, únicamente para el sector turismo, siempre que se trate de la primera relación laboral, garantizando los derechos laborales y respetando los derechos adquiridos de los trabajadores, enmendando la Constitución de conformidad con el anexo de la pregunta?
Los jueces concluyeron que la propuesta cumplía con los criterios de claridad y lealtad, pero Noboa no la incluyó en el referéndum del 16 de noviembre.
El constitucionalista Emilio Suárez explicó que estas propuestas pueden seguir el trámite normal en la Corte Constitucional hasta obtener los respectivos dictámenes de constitucionalidad.
Pero quedará a discreción del Ejecutivo si las lleva a las urnas o no. “Una vez que se cumpla con los procesos en la Corte Constitucional queda a discreción del presidente hacer o no la consulta a la población”, manifestó Suárez.
Consideró que en cuanto a los plazos, estos correrían desde que quien ejerce la Presidencia de la República firma el decreto ejecutivo en el que dispone al Consejo Nacional Electoral (CNE) que se convoque a elecciones.
O, en este caso, al ser enmiendas a la Constitución, se enviaría el decreto ejecutivo a la Asamblea Nacional para su tratamiento.
El director de la fundación Ciudadanía y Desarrollo, Mauricio Alarcón, reconoció que hay varios temas que deberían consultarse a la población y que están pendientes en la Corte. Pero con los resultados del domingo, “creo que el Gobierno no está para arriesgarse, tanto por costos como por la derrota y el desgaste de la ciudadanía de tanto ir a las urnas”, agregó.
Y, en el caso de pensarse en ello, hasta por “economía nacional se podría apuntar a juntarlo en las elecciones seccionales de febrero de 2027″.
Fuente: El Universo